Audiencia de negociación de deudas en la insolvencia: cómo prepararse

La audiencia de negociación de deudas es el momento decisivo de la insolvencia: allí usted y sus acreedores discuten y votan su propuesta de pago. Le contamos cómo se desarrolla, quién decide y qué hacer para que su acuerdo sea aprobado.
Actualizado: 8 de octubre de 2026 · Revisado por el equipo jurídico de Guerrero Abogados
Respuesta corta: Es la reunión que dirige un conciliador en un centro de conciliación o notaría, en la que se revisan las deudas, se resuelven objeciones y se vota la propuesta de pago del deudor. El acuerdo se aprueba con el voto de dos o más acreedores que representen más del 50 % del valor de las deudas. Puede hacerse de forma virtual y la negociación dura máximo 60 días, prorrogables por 30.
¿Qué pasa antes de la audiencia?
Una vez el centro de conciliación acepta su solicitud, el conciliador fija fecha para la audiencia y comunica a todos los acreedores. Desde la aceptación se producen efectos importantes: no pueden iniciarse nuevos procesos ejecutivos, se suspenden los que estén en curso y se detienen los descuentos de libranza (salvo alimentos). Lo explicamos en suspensión de procesos y embargos.
Desarrollo de la audiencia paso a paso
- Instalación: el conciliador verifica la asistencia del deudor y de los acreedores (presencial o virtual).
- Relación definitiva de acreencias: se revisa cada deuda. Los acreedores pueden objetar montos, intereses o la existencia de una deuda, y el deudor puede discutir las cifras de los acreedores.
- Objeciones: si no se resuelven en la audiencia, el expediente pasa al juez civil municipal, que decide y devuelve el trámite.
- Presentación de la propuesta: el deudor expone su plan de pago y puede ajustarlo durante la discusión.
- Votación: cada acreedor vota según el valor de su crédito.
- Acta: si hay acuerdo, se firma el acta y empieza a cumplirse.
¿Cuándo se aprueba el acuerdo?
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Número de acreedores | Voto positivo de dos o más acreedores |
| Valor representado | Más del 50 % del monto total de las deudas |
| Límites | No puede desmejorar a los acreedores de alimentos ni violar la prelación legal |
| Acreedores minoritarios | Quedan obligados aunque hayan votado en contra |
¿Qué debe tener una propuesta de pago ganadora?
- Realismo: cuotas que pueda pagar después de cubrir sus gastos básicos.
- Plazo razonable: en la práctica se proponen plazos de varios años.
- Trato justo: un acreedor no puede recibir ventajas indebidas frente a otro de la misma clase.
- Alivios justificados: rebajas de intereses, condonación de moras o periodos de gracia explicados con cifras.
- Atención especial a la hipoteca o garantías: el acreedor garantizado suele tener mucho peso en la votación.
Errores que hacen fracasar la audiencia
- Llegar sin conocer el valor real de cada deuda.
- Proponer cuotas que claramente no podrá cumplir.
- No asistir: la inasistencia injustificada puede llevar al fracaso de la negociación.
- Ignorar las objeciones de los acreedores grandes.
¿Y si no hay acuerdo?
Si vence el plazo de 60 días (más la prórroga de 30) sin acuerdo, el trámite pasa al juez para la liquidación patrimonial. Por eso conviene negociar con estrategia. Si llega a un acuerdo pero luego no puede pagar, lea qué pasa si incumple el acuerdo.
Nuestros abogados preparan la propuesta y lo acompañan en la audiencia. Conozca más sobre nuestros abogados de insolvencia económica.
Preguntas frecuentes
¿Puedo asistir virtualmente a la audiencia de negociación de deudas?
Sí. La Ley 2445 de 2025 permite audiencias virtuales, lo que facilita la participación del deudor y de los acreedores.
¿Qué pasa si un acreedor no asiste a la audiencia?
La audiencia puede continuar. El acreedor ausente no vota, pero si el acuerdo se aprueba con las mayorías legales también queda obligado por él.
¿Un solo banco puede bloquear el acuerdo?
Si ese banco tiene más del 50 % de las deudas, su voto es determinante, porque el acuerdo necesita votos que representen más de la mitad del valor total.
¿Cuántas sesiones tiene la audiencia de negociación?
Puede suspenderse y reanudarse varias veces, pero toda la negociación debe terminar dentro de 60 días desde la aceptación, prorrogables por 30 días más.
¿El conciliador puede obligar a los acreedores a aceptar?
No. El conciliador dirige la audiencia y propone fórmulas, pero la decisión la toman los acreedores con su voto.
Asesoría legal sobre la audiencia de negociación de deudas
Si tiene dudas sobre la audiencia de negociación de deudas o necesita ayuda con su caso, nuestro equipo en Medellín y Bogotá puede revisarlo. Escríbanos o llámenos a la línea única 301 322 9007. Puede consultar la normativa vigente en SUIN-Juriscol, el sistema oficial de normas de Colombia, y agendar una cita con un abogado por WhatsApp.
No se pierda estos artículos
8 de octubre de 2026Reporte en Datacrédito por insolvencia: cuánto dura y cómo funcionaLeer más →
8 de octubre de 2026Solicitud de insolvencia: documentos, requisitos y cómo diligenciarlaLeer más →
8 de octubre de 2026Incumplimiento del acuerdo de pago en la insolvencia: qué pasa y cómo evitarloLeer más →

