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¿QUÉ SON LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES EN COLOMBIA?
En el régimen legal colombiano las capitulaciones matrimoniales se definen como unas convenciones celebradas por los futuros esposos antes de celebrar el matrimonio, lo anterior es relativo a los bienes que se aportan o no a la futura sociedad junto con las donaciones y concesiones que ambos quieran realizar.
En caso de no desarrollar capitulaciones antes de nupcias, se aplicará lo establecido en la ley, por lo que se constituirá la sociedad conyugal.
¿Qué objeto tiene hacer capitulaciones matrimoniales?
El objeto de las capitulaciones por regla general es excluir el régimen económico entre los futuros cónyuges, pero eventualmente consiste simplemente en excluir algunos bienes o frutos bienes propios.
¿Qué clases de capitulaciones existen?
- Totales o Excluyentes:
Lo que hace la pareja es renunciar a cualquier reclamación futura en razón de que cada uno desea que no nazca sociedad conyugal.
- Parciales: Se permita que surja sociedad conyugal, pero sólo con relación a ciertos bienes adquiridos de forma onerosa.
¿Cuáles son los requisitos para las capitulaciones en Colombia?
Que se otorguen antes de contraer matrimonio y por medio de escritura pública. Al ser otorgadas antes de contraer matrimonio y una vez habido el matrimonio, adquieren dicha eficacia al momento de la celebración del mismo, por lo tanto, una vez casada la pareja no podrán capitular, puesto que ya habrá surgido la sociedad.
¿Se pueden modificar las capitulaciones antes de contraer matrimonio?
Vale la pena precisar que mientras que la pareja no se haya casado, estos podrán modificar cuando lo deseen el contenido de las capitulaciones matrimoniales siempre y cuando se desarrollen con las mismas solemnidades de las realizadas anteriormente.
Una vez que se contrae el matrimonio, las capitulaciones son irrevocablemente otorgadas y todo esto se debe a la característica fundamental de las mismas y es que estas son inmutables, por lo tanto, no son sujeto de modificación alguna las capitulaciones después del matrimonio.
Adicionalmente a lo anterior se debe señalar que, por tratarse de una convención, los esposos tienen que tener un consentimiento libre de vicios como el error, la fuerza y el dolo.
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¿Cual es el sentido de hacer capitulaciones antes del matrimonio, si por ley, todo lo adquirido antes de este no ingresará dentro de la sociedad conyugal?
Buen dia. la norma indica que los bienes propios no hacen parte de la sociedad conyugal pero si su mayor valor. Por este motivo y entre otros se realizan capitulaciones
Soy mexicano contraje matrimonio en mi país con pareja colombiana, pero no hay capitulaciones en México, solo el acuerdo de separación de bienes, por lo que al registrar el matrimonio en Colombia estan quedaron vacías, la notaría en Colombia dijo que así quedan como se registra en México. Que se tiene que hacer para que se agreguen las capitulaciones o acuerdos necesarios para que el patrimonio de mi pareja y sus hijos quede asegurado solo para ellos sin que yo interfiera en ellos?
Buen día.
Previo a realizar el inscripción del matrimonio de México en Colombia, debieron de realizar unas capitulaciones de separación de bienes (no existencia de sociedad conyugal). Si el matrimonio ya esta registrado en Colombia no es posible hacer capitulaciones.
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Buenos días, Que requisitos debo de cumplir para modificar las capitulaciones, estas se realizaron hace 14 años
Buen día, no es posible dicha solicitud.
Buenos días espero se encuentren muy bien, es posible realizar capitulaciones por un bien inmueble adquirido recientemente y el cual esta hipotecado al banco, se va a realizar matrimonio civil próximamente, agradezco su amable respuesta y orientación.
Buen día, si aun no se convive puedes hacer las capitulaciones.
En el caso de la unión marital de hecho, si mi pareja fallece tengo derecho a heredar, aun cuando se firmaron capitulaciones?
Buen día, si puede optar por la porción marital.
En los documentos deberá de aportar la declaración de la unión marital de hecho la cual se debió de realizar ante notario por escritura publica, acta de conciliación ante centro de conciliación, o sentencia judicial dentro de un proceso de declaración de la unión.
En la escritura de capitulaciones totales o excluyentes debo relacionar los bienes existentes? O simplemente indicar que no se desea establecer sociedad conyugal?
Buen día. Se recomienda en ese tipo de capitulaciones donde existen bienes propios existentes que se indiquen en la escritura publica y ademas establecer que no nacerá sociedad conyugal por mutuo acuerdo entre las partes. Feliz día.
DESPUES DE 10 AÑOS DE CASADO, SE PUEDEN HACER CAPITULACIONES..
Buen día, no es posible. Las capitulaciones siempre son previas al matrimonio, esto según lo tiene estipulado el Código Civil. Si deseas una asesoría especializada en tu caso en particular podemos brindarte una asesoría a través del Cel: 3013229007
si uno firma capitulaciones y la pareja fallece, es posible heredar los vienes que eran de la esposa? o pasarían a los hermanos de ella?. O se puede estipular en el acuerdo, que en caso de fallecimiento, el sobreviviente hereda todo?
Cordial saludo. Si es posible lo que usted plantea. Si desea una asesoría con la abogada especialista de familia nos puede escribir al WhatsApp 3013229007 y le diremos el valor de la asesoría y los métodos de pago. Feliz dia.
Hola. Convivo con mi novia queremos firmar capitulaciones totales antes de cumplir los 2 años de unión libre. Pará este tipo de capitulaciones debemos especificar bienes? O ya basta con que sean totales para que se entienda que cada uno tiene sus bienes y no habrá sociedad conyugal?
Y otra cosa, si decidimos casarnos por iglesia luego de los 2 años, las capitulaciones firmadas antes tienen la misma validez? O toca generar otras diferentes?
Buen día. Las capitulaciones maritales, que son para modificar la futura sociedad patrimonial solo se pueden realizar previo a la convivencia, por lo que ya no son viables en tu caso según lo que manifiestas.
En caso de que se quieran casar, la recomendación es que realicen capitulaciones matrimoniales y así realizar las modificaciones que requieran de la futura sociedad conyugal. Feliz día
Mi compañero permanente durante 10 años y yo hemos decidido que a partir de este momento realizaremos capitulaciones para que ningún bien ingrese dentro del patrimonio conyugal. Es esto posible? Agradezco su atención.
Cordial saludo. Las capitulaciones siempre son previas, esto es antes del matrimonio o antes de la convivencia de la union marital de hecho. si aun no se han casado y deseas hacerlo, pueden hacer capitulaciones. Feliz dia.
Es posible realizar capitulaciones después del matrimonio o que figura podría realizarse para amparar unos bienes que se adquirieron antes del matrimonio
No es posible , son previas.
Buenos días. Tengo una pregunta. Que pasa si he colocado bienes de mi madre a mi nombre pero fue después del matrimonio y no hice capitulaciones matrimoniales. Los bienes son de mi madre. Pero ahora mi esposo está con problemas y no se que hacer. Puedo hacer algun documento para excluir esos bienes de la sociedad conyugal?
Patricia.
Buenos días patricia.
No es posible hacer una exclusión de esos bienes de la sociedad conyugal, toda vez que los adquirío estado en vigencia esta, lo único que hace que estos bienes no sean parte de la sociedad conyugal es si son adquiridos por donaciones, si fueron adquiridos por compraventa esos bienes ya son del matrimonio.
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Feliz dìa.
Buenas tardes, ¿Qué pasa si tengo 5 años de matrimonio y a los dos años de casados mi padre fallece y me deja una casa? ¿ Al momento del divorcio mi esposo tendría derecho sobre la casa?
No