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¿QUÉ SE NECESITA PARA PODER DIVORCIARSE EN COLOMBIA ?
Según un estudio de la Superintendencia de Notariado y Registro, los colombianos que deciden divorciarse han aumentado respecto al último año un 2,3%, mientras que los que decidieron casarse han decrecido un 11%.
El divorcio en Colombia es uno de los tramites más comunes para solucionar la infelicidad en la relación de pareja, por esta razón, este mecanismo se ha convertido en uno de los grandes focos de interés nacional.
Desde el ámbito jurídico, a diferencia de lo que puede pensar mucha gente, es un trámite relativamente sencillo.
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SI USTED QUIERE DIVORCIARSE, PUEDE HACERLO DE DOS FORMAS:
Mutuo Acuerdo por vía Notarial, o también llamado Divorcio Express.
Como su nombre lo dice, el Divorcio Express en Colombia es un trámite para divorciarse rápido donde sólo es necesaria la voluntad de los cónyuges para llevarlo a cabo. Esto quiere decir que es esencial que la pareja esté totalmente de acuerdo con el divorcio.
Esta forma de divorcio tiene dos variables, de la cual depende si la pareja tiene hijos menores o no. El proceso puede llegar a tardar entre 1 a 2 semanas, cuando no existen tales hijos, y de 1 mes a 1 mes y medio si los hay, pues el ICBF debe conocer el expediente por tratarse de derechos de menores, entre ellos el derecho a alimentos, en los que comprende no sólo una manutención monetaria, sino también, recreación, vestuario, custodia, cuidado, socorro, etc.
Divorcio Judicial o Contencioso
A diferencia del Divorcio Express, éste es cuando uno de los cónyuges no está de acuerdo en disolver y liquidar la sociedad conyugal. Entonces se solicita por vía judicial para que un juez dé por terminado el matrimonio. Todo esto, se hace por medio de demanda, preferiblemente a través de un abogado especializado en familia, en donde se invocan las causales de divorcio.
¿ CUÁLES SON LAS CAUSALES DE DIVORCIO EN COLOMBIA ?
Las causales para divorciarse por vía judicial están específicamente enumeradas en el artículo 154 del código civil colombiano:
- Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
- El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
- Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
- La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
- El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
- Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
- Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo
- La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
- El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.
Se debe tener en cuenta que la persona que solicita el divorcio no puede ser la que incurre en estas causales. Por ende, nadie puede beneficiarse de su propia culpa.
¿ PUEDEN CONDENARME A UNA CUOTA ALIMENTARIA A FAVOR DE MI PAREJA ?
Para efectos de alimentos, estas causales están clasificadas en dos tipos: Objetivas y Subjetivas. Sólo las subjetivas, que son las que se producen por un grave e injustificado incumplimiento de las obligaciones matrimoniales, pueden llegar a surtir una sanción, es decir, una cuota alimentaria en contra del cónyuge culpable, a favor del afectado. Por ejemplo:
1.Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
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Mi mujer no me quiere firmar el divorcio y yo tengo pruebas que ella se acostó con otro hombre
Cordial Saludo, el articulo 154 del código civil establece entre las causales para solicitar ante un juez el divorcio la que usted menciona, por esta razón es importante poder concretar una cita y verificar las pruebas que dice tener para que las mismas sean aportadas a la respectiva demanda, para lo anterior puedes contactarnos al celular/whatsapp: 3013229007.
Si mi pareja actual me es infiel pero no me quiere firmar de acuerdo el divorcio que puedo hacer ?
se podría realizar en este caso un divorcio pero por la vía judicial, entrando a probar la infidelidad de tú pareja.
Atiende casos de divorcio de una persona que está en Medellín y la otra en cali ? Estamos de mutuo acuerdo y no tenemos bienes para liquidar ni hijos menores
Cordial Saludo, SI, nosotros tramitamos procesos de divorcio en medellín y en general en Toda Colombia, puedes contactarnos para ello al WhatsApp: 3013229007 – 3208334756.