Deudas que no entran en la insolvencia: lo que no se puede negociar

La insolvencia es poderosa, pero no cubre todo. Conocer las deudas que no entran en la insolvencia o que tienen un trato especial evita sorpresas y le ayuda a diseñar un acuerdo que realmente funcione.
Actualizado: 8 de octubre de 2026 · Revisado por el equipo jurídico de Guerrero Abogados
Respuesta corta: Las obligaciones alimentarias no se suspenden, no se rebajan sin acuerdo del beneficiario y no se convierten en obligaciones naturales. Tampoco quedan cubiertas las deudas adquiridas después de la aceptación, las sanciones penales ni las deudas que el deudor no relacionó por su culpa. Las deudas con garantía y las fiscales sí entran, pero con prelación especial.
Tabla resumen
| Tipo de deuda | ¿Entra en la insolvencia? | Particularidad |
|---|---|---|
| Alimentos (cuota a hijos, cónyuge, padres) | Se relaciona, pero tiene protección especial | No se suspende ni se condona sin el beneficiario |
| Deudas posteriores a la aceptación | No | Deben pagarse normalmente |
| Sanciones penales (multas penales) | No se extinguen | Siguen exigibles |
| Deudas omitidas por culpa del deudor | No quedan cubiertas | No se vuelven obligaciones naturales |
| Créditos con garantía (hipoteca, prenda) | Sí | El acreedor tiene prelación sobre el bien |
| Impuestos y deudas con la DIAN | Sí | Tienen prelación de primera clase |
| Créditos laborales a favor de trabajadores del deudor | Sí | Tienen prelación de primera clase |
Las obligaciones alimentarias
Son las más protegidas. Los descuentos por alimentos no se suspenden con la insolvencia, el acuerdo no puede desmejorar al beneficiario y, tras una liquidación, estas deudas no se convierten en obligaciones naturales. Si tiene una demanda por alimentos en curso, inclúyala en su planeación.
Deudas posteriores a la aceptación
La insolvencia es una «foto» de sus deudas al momento de la solicitud. Lo que adquiera después (nuevas compras a crédito, servicios del mes siguiente) debe pagarse normalmente. Además, endeudarse durante el acuerdo puede llevar a incumplir el acuerdo.
Deudas que olvidó relacionar
Si omitió un acreedor por descuido o mala fe, esa deuda no queda cubierta por el acuerdo ni por los efectos de la liquidación patrimonial. Antes de radicar, revise sus reportes: aprenda a consultar Datacrédito gratis y saber si tiene deudas pendientes.
Deudas con la DIAN y municipios
Sí entran en la insolvencia y tienen prelación. Además, las entidades públicas deben respetar la suspensión de los procesos de cobro coactivo. Si su caso es solo con la DIAN, quizá le sirva un acuerdo de pago con la DIAN.
Deudas con particulares y gota a gota
Los préstamos con particulares que consten en un documento pueden relacionarse. Los cobros ilegales tipo gota a gota con intereses usureros merecen un tratamiento distinto: vea cómo salir de deudas gota a gota.
Un inventario completo y honesto de sus deudas es la base de una insolvencia exitosa.
Preguntas frecuentes
¿La cuota alimentaria entra en la ley de insolvencia?
Debe relacionarse, pero tiene protección especial: no se suspende, no se rebaja sin acuerdo del beneficiario y no se convierte en obligación natural.
¿Las deudas con la DIAN entran en la insolvencia?
Sí. Se incluyen en el proceso y tienen prelación de primera clase en los pagos.
¿Qué pasa si olvido incluir una deuda en la insolvencia?
Si la omisión es por su culpa, esa deuda no queda cubierta por el acuerdo ni se convierte en obligación natural tras la liquidación.
¿Las deudas nuevas entran en el acuerdo de insolvencia?
No. Las obligaciones adquiridas después de la aceptación de la solicitud deben pagarse normalmente.
¿El crédito hipotecario entra en la insolvencia?
Sí. Se negocia como las demás deudas, aunque el banco conserva su garantía sobre el inmueble.
Asesoría legal sobre las deudas excluidas de la insolvencia
Si tiene dudas sobre las deudas excluidas de la insolvencia o necesita ayuda con su caso, nuestro equipo en Medellín y Bogotá puede revisarlo. Escríbanos o llámenos a la línea única 301 322 9007. Puede consultar la normativa vigente en SUIN-Juriscol, el sistema oficial de normas de Colombia, y agendar una cita con un abogado por WhatsApp.
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