Estafa en Colombia: qué hacer si fue víctima y cómo recuperar su dinero

14 de octubre de 2026
Estafa

Estafa es el delito de quien, mediante engaños, lleva a otra persona a entregarle dinero o bienes y obtiene así un provecho ilícito. Puede ocurrir en una compraventa, un arriendo, una inversión o por internet. Le explicamos cómo reconocerla, qué pasos seguir de inmediato, qué penas prevé la ley y cómo se recupera el dinero.


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Respuesta corta: si lo engañaron para que entregara dinero o bienes, guarde todas las pruebas, avise a su banco de inmediato y presente la denuncia ante la Fiscalía. Cuando el valor no supera 150 salarios mínimos, el delito es querellable: usted debe presentarlo dentro de los seis meses siguientes y primero se intenta una conciliación. La pena básica es de 32 a 144 meses de prisión, y la reparación integral del daño puede extinguir la acción penal.

Estafa

Qué es la estafa según el Código Penal

El artículo 246 del Código Penal, Ley 599 de 2000, sanciona a quien obtenga provecho ilícito para sí o para un tercero, con perjuicio ajeno, induciendo o manteniendo a otro en error por medio de artificios o engaños. Para que se configure el delito deben concurrir estos elementos:

  1. Un engaño o artificio previo, como una identidad falsa, un documento adulterado o una oferta inexistente.
  2. Que ese engaño produzca o mantenga un error en la víctima.
  3. Que, por causa del error, la víctima entregue dinero, bienes o haga un acto que afecta su patrimonio.
  4. Un provecho ilícito para el autor o un tercero, y un perjuicio para la víctima.

Diferencia con un simple incumplimiento

No todo negocio fallido es un delito. Si la otra parte tenía intención de cumplir y luego no pudo hacerlo, se trata de un problema civil que se resuelve con las acciones por incumplimiento de contrato. El delito exige que el engaño exista desde antes de la entrega del dinero.

Señales de alerta frecuentes

Los casos que más vemos en consulta comparten patrones que conviene conocer para prevenirlos:

  • Ventas en redes sociales con precios muy por debajo del mercado y exigencia de pago anticipado.
  • Arriendos de inmuebles que el supuesto dueño no puede mostrar en persona, con solicitud de depósito previo.
  • Mensajes o llamadas que suplantan a bancos, empresas de servicios o entidades públicas y piden claves o códigos.
  • Inversiones con rentabilidades garantizadas y muy altas, que dependen de vincular a otras personas.

Desconfíe de la presión por decidir rápido y verifique siempre la identidad de la otra parte por un canal independiente.

Fraudes por medios electrónicos

Cuando alguien accede a sus cuentas o mueve su dinero manipulando sistemas informáticos, sin que usted lo entregue voluntariamente, la conducta puede encajar en el hurto por medios informáticos o en la transferencia no consentida de activos, artículos 269I y 269J del Código Penal, creados por la Ley 1273 de 2009. La calificación correcta influye en el trámite, por eso conviene que la revise un abogado.

Penas y circunstancias que las agravan

SupuestoPrisiónMulta
Regla general (art. 246)32 a 144 meses66,66 a 1.500 salarios mínimos mensuales
Cuantía no superior a 10 salarios mínimos ($17.509.050 en 2026)16 a 36 mesesHasta 15 salarios mínimos mensuales
Valor superior a 100 salarios mínimos o grave daño a la víctima (art. 267)Aumento de una tercera parte a la mitadAumento proporcional
Reparación antes de la sentencia de primera instancia (art. 269)Rebaja de la mitad a las tres cuartas partesRebaja proporcional

El artículo 247 prevé agravantes específicos, por ejemplo cuando la conducta se relaciona con contratos de seguros o con transacciones sobre vehículos, o con vivienda de interés social.

Qué hacer si fue víctima de una estafa

Las primeras horas son decisivas, sobre todo si el dinero salió por transferencia. Siga estos pasos:

  • Corte el contacto y no haga más pagos. Es frecuente que el estafador pida un pago adicional para liberar un supuesto premio o devolución.
  • Avise al banco o a la billetera digital. Reporte la operación, pida el bloqueo de sus productos y radique una reclamación por escrito.
  • Guarde las pruebas. Capturas de chats, perfiles y publicaciones, comprobantes de pago, números de cuenta y de teléfono, correos y contratos.
  • Presente la denuncia o la querella. Puede hacerlo en línea o en una sede de la Fiscalía; le explicamos los canales en cómo poner una denuncia penal.

Cuándo se necesita querella

Según el artículo 74 del Código de Procedimiento Penal, el delito requiere querella cuando la cuantía no excede de 150 salarios mínimos, es decir, $262.635.750 con el salario mínimo de 2026. En esos casos solo la víctima puede iniciarlo, tiene seis meses desde el hecho y antes debe intentarse una conciliación. Revise los detalles en nuestra guía de delitos querellables en Colombia.

Cómo recuperar el dinero

El proceso penal también sirve para obtener la reparación. Hay varias vías:

Reparación integral. La Ley 2477 de 2025 incorporó el artículo 78A al Código de Procedimiento Penal: en los delitos contra el patrimonio económico, salvo el hurto calificado con violencia y la extorsión, la reparación integral del daño extingue la acción penal. Esto suele motivar al procesado a devolver el dinero con sus perjuicios.

Conciliación y acuerdos. En los casos querellables, la conciliación previa es una oportunidad para pactar la devolución. En los demás, puede negociarse la reparación dentro de un preacuerdo.

Incidente de reparación integral. Si hay condena, la víctima puede pedir al juez que fije los perjuicios que el condenado debe pagar.

Si lo denuncian por estafa

Ser denunciado no equivale a ser culpable. Usted tiene derecho a la presunción de inocencia, a guardar silencio y a un abogado desde la primera citación. Una defensa frecuente consiste en demostrar que hubo un negocio real que se incumplió por causas posteriores, sin engaño previo.

Si existe responsabilidad, reparar a la víctima puede extinguir la acción o reducir la pena, y negociar un preacuerdo con la Fiscalía puede traer rebajas importantes. Lo recomendable es actuar con asesoría antes de cualquier contacto con el denunciante.

Cómo le ayudamos en Guerrero Abogados

En Guerrero Abogados analizamos si los hechos constituyen un delito o un incumplimiento civil, preparamos la querella o denuncia con las pruebas, lo representamos en la conciliación y en el proceso para recuperar su dinero, y asumimos la defensa de personas denunciadas. Le atendemos en nuestras sedes de Medellín (Calle 49 # 50-21) y Bogotá (Carrera 13 # 37-43), y de forma virtual en toda Colombia. Para revisar su caso, escríbanos por WhatsApp al 301 322 9007.

Preguntas frecuentes sobre la estafa

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar un fraude?

Si el valor no supera 150 salarios mínimos, debe presentar la querella dentro de los seis meses siguientes al hecho. Si es mayor, puede denunciar mientras la acción penal no haya prescrito, pero conviene hacerlo de inmediato para preservar las pruebas.

¿El banco me tiene que devolver el dinero?

Depende de cómo ocurrió. Si usted autorizó la transferencia engañado, el banco no siempre responde; si hubo fallas de seguridad o una operación no autorizada, puede reclamar su responsabilidad. Presente siempre la reclamación por escrito.

¿Si me devuelven el dinero se termina el proceso?

En los delitos contra el patrimonio, la reparación integral puede extinguir la acción penal según la Ley 2477 de 2025. Además, en los casos querellables la víctima puede desistir después de un acuerdo.

¿Qué pena tiene el delito si el monto es pequeño?

Cuando la cuantía no supera 10 salarios mínimos, la pena es de 16 a 36 meses de prisión y multa de hasta 15 salarios mínimos. La reparación a la víctima puede reducirla aún más.

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