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COMPRAVENTA EN COLOMBIA
El Contrato de Compraventa en Colombia, se encuentra reglamentado en el Código Civil Art 1849 y en el Código de Comercio Arts 905 al 909. El cual funciona como garantía cuando una persona va realizar un negocio con alguien por la compra o venta de un vehículo, una casa, una finca, etc. Sea usted el que da el dinero o quien espera recibirlo, una de las mayores preocupaciones es no tener la garantía que la otra persona cumpla. Y no solo basta con conocer a la persona, su domicilio, el local, o que el objeto este “Certificado” para asegurarse que no tendrá ningún tipo de problemas, o incluso que se vea involucrado en problemas jurídicos que nunca fueron culpa suya.
¿ CÓMO FUNCIONA EL CONTRATO DE COMPRAVENTA EN COLOMBIA ?
El Código Civil define el contrato de compraventa como “un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar”. Este tipo de contrato contiene varios elementos entre ellos:
- Ambas partes deben tener voluntad de realizar el negocio, el vendedor de entregar la cosa y el comprador de recibirla y pagar un precio por ella.
- Se limita a crear obligaciones a ambas partes.
- Necesariamente tiene que pagarse en dinero, de lo contrario necesitaríamos otro tipo de contrato.
- Tanto el Vendedor como el Comprador deber ser capaces jurídicamente para vincularse en un contrato, de lo contrario la compraventa será nula.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA EN COLOMBIA ?
Al hablar específicamente de compraventa de bienes inmuebles, ya sea una casa, un apartamento, una finca, etc, necesitamos unos requisitos especiales para que funcione correctamente el contrato de compraventa.
El contrato de compraventa deberá hacerse por escritura pública, donde conste las características, linderos, medidas y demás información necesaria para identificar el predio.
Esta escritura debe registrarse en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, donde están inscritas en su mayoría los bienes inmuebles, identificados con su número de matrícula inmobiliaria.
Sin este procedimiento en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, la venta no será valida y el dominio no será traspasado al comprador.
¿ QUÉ PASA SI UNA DE LAS PARTES INCUMPLE EL CONTRATO DE COMPRAVENTA EN COLOMBIA ?
Cuando el vendedor incumple con el contrato de compraventa, el comprador puede pedirle indemnización por daños y perjuicios, e incluso revocar el contrato, así mismo cuando el comprador no cumple con pagar lo pactado, el vendedor también podrá pedir indemnización por daños y perjuicios.
Es de suma importancia que Usted quien quiere celebrar o desarrollar un contrato de compraventa en Colombia, de bienes muebles o inmuebles se asegure de elaborar un contrato de compraventa que incluya cláusula penal, cláusula de mérito ejecutivo y cláusula compromisaria, que le permitan salir lo mejor librado posible ante una situación adversa de incumplimiento, pues si bien es cierto ante un incumplimiento la parte cumplida podrá demandar a la incumplida o morosa al cumplimiento , no es menos cierto que los procesos judiciales en Colombia son desgastantes no solamente en tiempo sino también económicamente, revise previamente a la celebración del negocio jurídico antecedentes y demandas que la otra parte, asegurase de hacer negocios con personas que no tengan enredos judiciales.
En GUERRERO ABOGADOS tenemos a los mejores abogados especializados en el contrato de compraventa en Colombia, con experiencia en elaboración y revisión de contratos, para que Usted cuente con una asesoría especializada correcta que le permita desarrollar todos sus negocios jurídicos. Llene el siguiente formulario de contacto o contáctenos de forma directa a través del siguiente número de 3013229007 o realice el pago de su asesoría personalizada ya sea vía telefónica, presencial o en el siguiente enlace.
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Buenas noches, mi madre falleció el 29 de julio de 2020, ella adquirió 2 apartamentos en un tercer piso, no están desenglobados completamente, sólo tiene un contrato de compraventa hecho en el 2015, yo estaba revisando las escrituras del segundo piso y es el vecino el que tiene derecho sobre la terraza sobre la que están construidos los apartamentos, y tiene un fideicomiso sobre su propiedad, el está enfermo mentalmente y no sé si puede hacer algo al respecto sin causar problemas futuros con los otros herederos, el vendedor vendió el segundo piso simultáneamente con los apartamentos en proceso de construcción del tercer piso, tengo entendido que para tener derecho sobre una propiedad es necesario tener escrituras de la base sobre la que se construyó, es decir, en este caso la terraza. Entonces yo que puedo hacer para iniciar el proceso de sucesión de esos dos apartamentos y obtener las escrituras gracias
Buenas tardes:
Tendo una inquietud. Es valido que en la promesa de compraventa de un apartamento sobre planos haya una fecha de escrituracion, pero hay un parrafo en la misma compraventa que dice que esta fecha puede ser modificado por el vendedor sin exceder la sumatoria de los siguientes periodos: pre-operativo(18 meses) operativo (29 meses) y perido de escrituracion (3 meses). De ser asi ese tiempo de 18+29+3=50 meses se cuenta desde el momento de la firma de la compraventa, o es adicional la fecha inicialmente pactada de escrituracion.
Buen día , el contrato constituye una unidad de lo acordado , por lo que para poder responder correctamente existe necesidad de revisarlo para interpretarlo.
gracias , buen escrito este del contrato de compraventa, muchas gracias por compartir.
Para que sea válida la compraventa tengo que autenticar el papel ?
Cordial Saludo, para que un contrato sea valido no requiere autenticación.
Necesito ayuda para hacer un contrato de compraventa de un inmueble que adquirí en venta hace 3 años
buen día, nuestra oficina de abogados en medellín esta presta a resolver sus dudas legales, nos puedes contactar al WhatsApp: 3013229007 – 3208334756, Teléfono: (4) 5055987.
Buenos dias. Yo vendí un carro a una persona jurídica y tengo la promesa de compraventa solo con mi firma. Ya recibí el 50% según lo acordado. Pero debería tener el contrato con la firma del comprador para que sea válido?
Buenos días,
claro que se hace necesaria la firma de la parte adquirente, toda vez que ante un incumplimiento si no esta la firma del representante legal de esa empresa no es posible iniciar una demanda judicial.
Si requiere mas información y una asesoria mas especializada puede agendar una cita con un abogado especialista en el área, la cual tiene un costo, si desea agendarla debe llamar al celular 3013229007.
Feliz día
Buenos días, mi madre falleció el 29 de julio de 2020, ella adquirió 2 apartamentos en un tercer piso, no están desenglobados, ella los adquirió hace como 7 años, más o menos, sólo tiene un contrato de compraventa hecho en el 2015, yo estaba revisando las escrituras del segundo piso y es el vecino el que tiene derecho sobre la terraza sobre la que están construidos los apartamentos, creo que el vendedor hizo esto por error, por que él vendió el segundo piso simultáneamente con los apartamentos en proceso de construcción del tercer piso, tengo entendido que para tener derecho sobre una propiedad es necesario tener escrituras de la base sobre la que se construyó, es decir, en este caso una terraza; una plancha. Entonces yo que puedo hacer para iniciar el proceso de sucesión de esos dos apartamentos y obtener las escrituras