Derecho civil · Bogotá

Abogados civiles en Bogotá

Abogados civiles en Bogotá que protegen su patrimonio y sus acuerdos: arrendamientos, cobros, contratos, inmuebles y conflictos entre particulares. Representación ante los juzgados civiles de Bogotá.

Abogados civiles en Bogotá

Servicios

Servicios de derecho civil en Bogotá

Arrendamientos

Contratos, cobro de cánones y restitución de inmueble arrendado.

Procesos ejecutivos

Cobro judicial de pagarés, letras, cheques y facturas, y defensa del demandado.

Pertenencia y titulación

Procesos de pertenencia y reivindicatorios para sanear la propiedad de inmuebles.

Contratos

Redacción, revisión e incumplimiento de contratos de compraventa, promesa y obra.

Propiedad horizontal

Conflictos con la administración, cuotas, reglamentos y asambleas (Ley 675 de 2001).

Responsabilidad civil

Reclamación de daños y perjuicios por accidentes, incumplimientos o hechos de terceros.

Derecho civil en Bogotá

Procesos civiles en Bogotá

En Bogotá representamos a nuestros clientes ante los juzgados civiles municipales, de pequeñas causas y del circuito. Atendemos con frecuencia conflictos de arrendamiento, cobros ejecutivos, reclamaciones a constructoras y conjuntos residenciales, incumplimientos de contratos y procesos de responsabilidad civil.

Lo atendemos en Carrera 13 # 37-43, Bogotá D.C. o virtualmente en Soacha, Chía, Cajicá, Zipaquirá, Mosquera, Funza, Madrid, Cota y Facatativá.

Vea la página general de derecho civil.

Cómo trabajamos

Cómo llevamos su caso civil

01

Estudiamos los documentos

Revisamos contratos, títulos, pruebas y plazos de prescripción.

02

Intentamos el arreglo

Cuando conviene, buscamos conciliación o acuerdo antes de demandar.

03

Litigamos su caso

Presentamos la demanda o la defensa ante el juzgado civil de Bogotá y hacemos seguimiento hasta la sentencia.

Preguntas frecuentes

Abogado civil en Bogotá: preguntas frecuentes

¿Tiene otra pregunta sobre abogados civiles en Bogotá? Escríbanos y un abogado civil le responde.

Lo asesora y representa en conflictos entre particulares: contratos, arrendamientos, propiedad de inmuebles, deudas, daños y perjuicios, propiedad horizontal y derechos del consumidor.
Depende del documento. La acción ejecutiva prescribe en cinco años y la ordinaria en diez (artículo 2536 del Código Civil); la acción cambiaria de un pagaré o letra, en tres años desde el vencimiento. Más en prescripción de deudas.
Con un proceso de restitución de inmueble arrendado, en el que también pueden cobrarse los cánones adeudados. Lea arrendamiento de vivienda urbana.
Sí, con un proceso de pertenencia por prescripción adquisitiva, si cumple el tiempo de posesión que exige la ley: cinco años en la ordinaria (con justo título y buena fe) o diez en la extraordinaria.
Sí, en Medellín y de forma virtual en el resto del país.

Sede Bogotá

Consulte su caso con un abogado civil en Bogotá

Oficina: Carrera 13 # 37-43, Bogotá D.C.. Línea única 301 322 9007 (WhatsApp y llamadas). Atención presencial y virtual. La asesoría personalizada tiene costo; le informamos el valor antes de agendar.