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CONTRATO POR OBRA O LABOR DETERMINADA

contrato por obra o labor determinada

CONTRATO POR DURACIÓN DE OBRA O LABOR DETERMINADA

En esta modalidad de contrato por obra o labor determinada, la duración está señalada por el lapso de tiempo en el que se desarrolle la obra o labor que fue contratada. No existe límites de tiempo ni mínimos ni máximos establecidos por la legislación Colombia.

Ejemplo: Una contratación que se realiza a un personal para la construcción de 10 casas.

▶ Lea también: Contrato de prestación de servicios

¿El contrato por obra o labor determinada debe ser por escrito?

No, la legislación Colombiana establece la obligatoriedad de que sea por escrito el contrato a termino fijo, no obstante lo antes mencionado la recomendación es que se desarrolle por escrito para determinar de manera clara las características de la obra o labor contratada, lo que permitirá evitar confusiones mientras se ejecute el mismo.

¿Se debe preavisar la terminación de la obra o labor contratada?

No, dado que el contrato termina cuando finalice la obra.

¿Los trabajadores de obra  tienen derecho al pago de prestaciones sociales y vacaciones?

Los trabajadores de esta clase de contratos tienen derecho a todas las prestaciones sociales que se causen o desarrollen durante la ejecución del mismo, la cual se deberá realizar conforme a los términos de la ley.

¿Los trabajadores de obra tienen derecho al pago de seguridad social?

Si, los trabajadores o empleados de obra o labor deben estar afiliados al sistema de seguridad social integral, es decir, régimen de salud, régimen de pensión y riesgos profesionales.

Para ampliar la información sobre los derechos que tienen  los trabajadores en un contrato por duración de obra o labor determinada puede escribirnos en este artículo o contactarnos a través de nuestros números, contamos con abogados laborales en Medellín, Bello, Itagui, Envigado, también en Pereira y en toda Colombia.

En GUERRERO ABOGADOS tenemos a los mejores abogados especializados en contratos laborales, con experiencia en procesos de demandas laborales, para que Usted cuente con una asesoría especializada perfecta para contrato por obra o labor determinada. Llene el siguiente formulario de contacto o contáctenos de forma directa a través del siguiente número de 3013229007 o realice el pago de su asesoría personalizada ya sea vía telefónica, presencial o en el siguiente enlace.

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Juan Arroyo
Juan Arroyo
3 años atras

Los empleados contratados por obra o labor ¿tienen derecho al SUMINISTRO DE CALZADO Y VESTIDO DE LABOR, señalado en el ARTICULO 230 (CAPITULO IV) del código sustantivo del trabajo?

martha quintero
martha quintero
3 años atras

Buenas Tarde,
tengo un contrato por obra labor y el contrato se termino por que la empresa contratante termino en contrato, tengo derecho a indemnización?

Gilberto Cataño
Gilberto Cataño
3 años atras

Tengo un contrato de obra y labor por reemplazo de vacaciones, resulta que ya pasé de 3 años con el mismo contrato. Mi pregunta es si se convierte en indefinido o que pasa se me despiden?

ASESOR LEGAL
Editor
Responder a  Gilberto Cataño
3 años atras

Cordial saludo. Según lo manifestado, ese contrato de obra labor no es viable para su caso en particular, por lo que posiblemente sea un contrato a termino indefinido. Le recomendamos acudir al ministerio del trabajo.

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