Contrato de prestación de servicios

Contrato de prestación de servicios: en esta guía actualizada a 2026 le explicamos de forma sencilla lo más importante sobre contrato de prestación de servicios, con la orientación de los abogados de Guerrero Abogados.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
En cuanto a los contratos de prestación de servicios profesionales los mismos pueden ser de naturaleza civil o comercial, según sea el caso o naturaleza de la relación contractual.
Muchas empresas Colombianas han adoptado esta modalidad contractual para solventar sus necesidades empresariales y abaratar la mano de obra de su personal, y no lo hacen por medio de un contrato laboral dado que el código sustantivo del trabajo establece unos mínimos irrenunciables, por lo que se ha vuelto común escuchar que a un amigo o un familiar se encuentra contratado bajo esta modalidad.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- Las partes se denominan ¨contratante¨ y ¨contratista¨
- Tiene un objeto que se debe desarrollar o un servicio que se debe prestar, pudiendo el contratista tener libertad en su ejecución dado que en esta modalidad contractual NO puede existir SUBORDINACIÓN (no cumplimiento de horarios). (Lo que si ocurre en un contrato laboral)
- No se paga salario, sino unos honorarios.
- No se pagan horas extras, recargos dominicales, festivos ni mucho menos nocturnos.
- En cuanto a la seguridad social, la misma será pagada por el contratante de los valores establecidos en el contrato.
- No existe liquidación al finalizar el contrato.
- Termina cuando hayan estipulado las partes.
CONTRATO REALIDAD
Muchas empresas Colombianas han adoptado esta medida contractual para ahorrarse el pago de ciertos derechos laborales que como se menciono anteriormente son de carácter irrenunciable, por lo que es común presenciar la simulación de una relación civil para ocultar una relación laboral, dado que cuando nuestro equipo de abogados laborales entra a revisar las funciones, el lugar de cumplimiento del ejercicio profesional, entre otros factores, en la mayoría de los casos es factible realizar demandas ante un Juez laboral con el fin de que declare el contrato realidad y de esta forma la empresa que contrato sus servicios desarrolle los pagos dejados de hacer.
¿CUÁNDO ESTAMOS EN PRESENCIA DE UN CONTRATO LABORAL?
- Cuando existe subordinación.
- Prestación personal del servicio.
- Cuando existe remuneración.
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Asesoría legal sobre contrato de prestación de servicios
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