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CÓMO ELIMINAR FOTOMULTAS EN COLOMBIA

Cómo eliminar Fotomultas en colombia

👇👇  CÓMO ELIMINAR FOTOMULTAS EN COLOMBIA  👇👇

ESTRATEGIA PARA IMPUGNAR Y ELIMINAR FOTOMULTAS

Las fotomultas se han convertido en una herramienta común para controlar el tráfico en Colombia. Si bien buscan mejorar la seguridad vial, también generan dudas e inconformidades entre los conductores. En este blog, te presentamos las formas legales qué te permitan responder a tu duda , de ¿ cómo eliminar Fotomultas en Colombia ?

1. Impugnación dentro del plazo establecido:

La ley te otorga el derecho a impugnar la fotomulta si no estás de acuerdo con la infracción. El plazo para hacerlo varía según el método de notificación:

  • Notificación electrónica: 11 días hábiles a partir de la recepción.
  • Notificación física: 5 días hábiles posteriores a la fecha de imposición.

Pasos para impugnar:

  1. Agendar cita: Puedes hacerlo a través de la página web o app de la autoridad de tránsito correspondiente a tu ciudad, por llamada telefónica o de manera presencial.
  2. Reunir pruebas: Recolecta evidencia que respalde tu argumento, como fotos, videos, testimonios o certificados médicos.
  3. Presentar descargos: En la cita, expone tu caso de forma clara y organizada, sustentándolo con las pruebas recolectadas.
  4. Esperar respuesta: La autoridad analizará tu caso y emitirá una decisión.

2. Errores en la notificación o el procedimiento:

La fotomulta puede ser anulada si se presentan errores en la notificación, como datos incorrectos del vehículo o conductor, falta de información esencial o irregularidades en el procedimiento de imposición, normalmente para poder evidenciar este tipo de irregularidades se recomienda solicitar en la secretaría de tránsito que te hizo el comparendo la guía de envío y el pantalla del runt en el caso de las Fotomultas.

3. Caducidad del comparendo:

Las secretarias de tránsito del país al elaborar un comparendo o un fotocomparendo deben realizar una audiencia donde se te declaré como persona contravencionalmente responsable y para ello tienen un tiempo máximo de un (1) año, si no se hace dicha audiencia en dicho plazo máximo es posible solicitar la eliminación del comparendo por caducidad. 

4. Prescripción de la sanción:

Las fotomultas prescriben después de 3 años contados a partir de la fecha de la infracción, siempre y cuando en dicho término no se haya notificado en debida forma el mandamiento de pago. Si no te notificaron en el tiempo legal o no se realizó el cobro, puedes solicitar la prescripción.

5. Falta de responsabilidad solidaria:

La Corte Constitucional declaró inexequible la responsabilidad solidaria entre el propietario del vehículo y el conductor para fotomultas (excepto SOAT y tecnomecánica). Esto significa que solo el conductor que cometió la infracción debe ser sancionado y no el propietario del vehículo, pero esta causal es probatoria , por ello debes solicitar la audiencia en el término legal anteriormente mencionado , pues si no solicitas la audiencia difícilmente podrás hacer uso del derecho de defensa y contradicción.

6. Hurto o fraude del vehículo:

Si puedes demostrar que tu vehículo fue hurtado o utilizado sin tu consentimiento al momento de la infracción, puedes solicitar la exoneración de la multa.

Recuerda:

  • Asesoría legal: Es recomendable consultar con un abogado especializado en tránsito y transporte para que se pueda evaluar tu caso y aumentar las posibilidades de éxito en la impugnación, las anteriores son algunas formas de cómo eliminar Fotomultas en Colombia.
  • Cumplimiento de las normas: La mejor manera de evitar fotomultas es respetar las normas de tránsito y conducir con responsabilidad.

En GUERRERO ABOGADOS tenemos a los mejores abogados especializados en eliminación de Fotomultas y comparendos, para que Usted cuente con una asesoría especializada perfecta que le permita resolver su situación legal. Llene el siguiente formulario de contacto o contáctenos de forma directa a través del siguiente número de 3013229007 o realice el pago de su asesoría personalizada ya sea vía telefónica, presencial o en el siguiente enlace.

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