Insolvencia familiar: cómo acogerse a la ley en pareja o en familia

8 de octubre de 2026
ley de insolvencia económica en colombia

Las deudas casi nunca son de una sola persona: esposos, compañeros, padres e hijos se respaldan mutuamente. La insolvencia familiar coordinada, introducida por la Ley 2445 de 2025, permite resolver esas deudas cruzadas de manera conjunta.

Actualizado: 8 de octubre de 2026 · Revisado por el equipo jurídico de Guerrero Abogados

Respuesta corta: La Ley 2445 de 2025 permite que los procesos de insolvencia de varios miembros de una familia se tramiten de forma coordinada, con audiencias conjuntas, y amplía en un 50 % el plazo de negociación en esos casos. Cada persona debe cumplir por sí misma los requisitos de cesación de pagos.

¿Por qué una insolvencia coordinada?

Cuando una pareja tiene créditos en común, o un hijo fue codeudor de su padre, tramitar procesos separados genera contradicciones: un acreedor vota distinto en cada uno, se duplican audiencias y se pierden soluciones globales. La Ley 2445 de 2025 permite coordinar esos procesos.

¿Quiénes pueden hacerlo?

  • Cónyuges y compañeros permanentes.
  • Otros familiares con obligaciones relacionadas (por ejemplo, codeudores entre sí).

Cada uno debe estar en cesación de pagos y presentar su propia solicitud con su información.

Ventajas

VentajaExplicación
Audiencias conjuntasSe negocia de forma integrada con los acreedores comunes
Más tiempoEl plazo de negociación aumenta un 50 %
Soluciones globalesSe evita que el acreedor cobre al codeudor lo que se negoció con el deudor
Menos costos de tiempoSe concentran diligencias y documentos

Sociedad conyugal y bienes comunes

La solicitud debe informar si existe sociedad conyugal o patrimonial vigente y cuáles bienes la integran. En una insolvencia coordinada es más fácil diseñar un plan que considere la vivienda familiar y los ingresos de ambos. Ver insolvencia y vivienda.

¿Y si solo uno de los dos está en crisis?

Puede acogerse solo él. Pero recuerde que su pareja, si es codeudora, seguirá obligada frente al acreedor. Lea insolvencia y codeudores.

Insolvencia y divorcio

Un proceso de divorcio o liquidación de sociedad conyugal puede coincidir con la insolvencia. En ese caso es clave coordinar ambos trámites para no perder bienes ni duplicar deudas. Nuestro equipo de familia puede asesorarle sobre cómo divorciarse en Colombia.

La insolvencia familiar es una herramienta nueva: pocos la están usando todavía. Si en su hogar hay varias personas sobreendeudadas, vale la pena evaluarla.

Preguntas frecuentes

¿Puedo acogerme a la ley de insolvencia junto con mi esposa?

Sí. Cada uno presenta su solicitud y, desde la Ley 2445 de 2025, los procesos pueden coordinarse con audiencias conjuntas.

¿Cuánto dura la negociación en una insolvencia familiar?

El plazo ordinario de negociación aumenta un 50 % cuando se tramitan procesos coordinados de familiares.

¿Mi pareja queda obligada si yo me acojo a la insolvencia?

Si es codeudora de alguna deuda, sí: el acreedor puede seguir cobrándole. Por eso puede convenir una insolvencia coordinada.

¿Debo informar los bienes de la sociedad conyugal?

Sí. La solicitud debe indicar si existe sociedad conyugal o patrimonial vigente y relacionar sus bienes.

¿Los hijos pueden hacer insolvencia coordinada con sus padres?

Si tienen obligaciones relacionadas, como deudas en las que son codeudores, pueden pedir la coordinación de sus procesos.


Asesoría legal sobre la insolvencia familiar

Si tiene dudas sobre la insolvencia familiar o necesita ayuda con su caso, nuestro equipo en Medellín y Bogotá puede revisarlo. Escríbanos o llámenos a la línea única 301 322 9007. Puede consultar la normativa vigente en SUIN-Juriscol, el sistema oficial de normas de Colombia, y agendar una cita con un abogado por WhatsApp.

Germán Guerrero, abogado – la insolvencia familiar

Guerrero Abogados · Equipo jurídico dirigido por el abogado Germán Guerrero Martínez, con más de 12 años de experiencia en Medellín y Bogotá.

¿Le fue útil? Compártalo:

No se pierda estos artículos