TUMBAR FOTOMULTAS LEGALMENTE
Ley 769 de 2002 – Ley 1383 de 2010
Tumbar FotoMultas legalmente en Colombia es posible.
Tumbar fotomultas legalmente requiere conocimiento previo del caso; mencionamos su funcionamiento y sus criterios a continuación:
Las FotoMultas:
Pasarse el semáforo en rojo porque detrás venía una ambulancia, o ir a altas velocidades por razones médicas, seguir de largo porque el semáforo estaba dañado y un agente de transito o policía le dio vía, son algunas de las razones que usted tendría para exonerarse del pago de una ¨infracción¨, y que seguramente una cámara de tránsito, no tomó en todo su contexto ya que estos son elementos objetivos que no tienen en cuenta situaciones como las anteriormente planteadas.
¿Cómo funcionan las FotoMultas?
Este sistema de cámaras detectan la infracción, registran el número de placa del automotor y de allí las autoridades de tránsito y transporte proceden a revisar si realmente la infracción fue cometida.
Dentro de las violaciones mas comunes al código nacional de tránsito colombiano tenemos:
- No detenerse en un semáforo en rojo.
- Conducir un vehículo a una velocidad superior a la permitida.
- Transitar por sitios y horarios no permitidos por la autoridad.
- Transitar en vehículos de 3,5 o más toneladas por el carril izquierdo.
- Estacionar un vehículo en lugares no permitidos.
- No tener vigente la Técnico mecánica o el SOAT.
Cabe resaltar que los desacatos a las normas de tránsito no sólo se detectan por medio de fotos, también se toman vídeos, se instalan radares y dispositivos controladores de la velocidad que se encargan de enviar los datos recogidos a una central, donde agentes de tránsito validan si se cometió o no una infracción.
Si efectivamente las autoridades de tránsito consideran que se cometió la infracción se iniciara por parte de ellas un proceso en donde le será enviada la multa a su lugar de residencia, dicha dirección de notificación será la que previamente se encuentre registrada en el RUNT.
Para consultar fotomultas puede ingresar al Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito SIMIT.
¿Qué Pasa si no fui notificado de la FotoMulta?
No obstante, si usted es de aquellas personas con una indebida notificación de fotomulta, sea porque cambió de residencia o por cualquier otra razón, usted puede utilizar mecanismos legales para detener los efectos sancionatorios de dicho acto administrativo.
Se requiere en todo proceso convencional la notificación al implicado, para que este tenga el derecho de audiencia y defensa.
«Tengo una fotomulta y no me notificaron» el ser informado es un requisito sustantivo que en caso de no cumplirse por parte de las autoridades de tránsito y transporte se podrá alegar jurídicamente la violación del debido proceso que se encuentra consagrado en el articulo 29 de la Constitución Política y en el articulo 142 de la ley 769 de 2002.
En concordancia con lo anteriormente expuesto señala la ley 1383 de 2010 que:
Los comparendos realizados por medios tecnológicos se deberán notificar dentro de los 3 días hábiles siguientes a la infracción.
De no cumplirse con este procedimiento se estaría menoscabando derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, puesto que, el actor no podrá ejercer su derecho a contradecir e impugnar el comparendo alegando pruebas al respectivo proceso.
En igual sentido se ha pronunciado la Corte Constitucional en Sentencia C-980 de 2010, señalando:
Tal hecho no justifica que se le imponga a éste la obligación de pagar la multa, sin brindarle previamente la oportunidad de comparecer al proceso administrativo y de ejercer su derecho a la defensa.
¿Existe Caducidad y Prescripción de las FotoMultas?
SI, el Código Nacional de Tránsito, establece que las contravenciones de tránsito caducan a los 6 meses.
✔ En este tiempo, los funcionarios del tránsito deben identificar al infractor.
✔ Si pasado este período no lo hacen y el infractor no se notifica voluntariamente, es obligación eliminarla del sistema.
✔ Por lo anterior se debe de iniciar el trámite jurídico para que el comparendo desaparezca de las plataformas de cobro.
✔ La interposición de Peticiones, Quejas, Tutelas y otras acciones legales permiten defender sus Derechos.
Así mismo el articulo 159 de la misma ley señala que la ejecución de las sanciones que se impongan por violación de las normas de tránsito, estarán a cargo de las autoridades de tránsito de la jurisdicción donde se cometió el hecho, quienes estarán investidas de jurisdicción coactiva para el cobro, cuando ello fuere necesario y prescribirán a los 3 años contados a partir de la ocurrencia del hecho.
✔ Esta disposición es aplicable cuando las autoridades no inician dentro de los 3 años el cobro coactivo.
✔ En el caso mencionado se presenta la figura jurídica de la prescripción.
???? La Ley 1843 de 2017 modificó la norma mencionada – actualícese dando clic en > Fotomultas ????
Para mayor información comunícate con uno de nuestros abogados en línea gratis en Medellín. Contamos con los mejores profesionales del derecho en Colombia. Nuestra firma de abogados en Medellín está ubicada en el centro de la ciudad. También tenemos abogados en bello, abogados en itagui y abogados en Pereira.
Mayor información en el teléfono: (4) 5055987 – Celular/Whatsapp: 3013229007 – Email: gerencia@guerreroabogados.com.co
Me sirve mucho la informacion que publicaron , prestan servicios tambien para cali valle ?
Si.
Las multas en cobro coactivo también prescriben?
SI, después de cierto tiempo prescribe.
Hola mi nombre es jose
Tuve un problema, es que Una cámara me tomo 5 foto multas de velocidad
Reviso el simit y no aparecen las multas tampoco me an notificado las 5 solo dos y llamando al transito me aparecen todas de una sola camara
No se si sea posible apelar
Aagradeseria su opinion
Mi numero es 3135103024
Cordial saludo, la plataforma SIMIT es una plataforma nacional , por lo que si no aparece en dicha plataforma no significa que no exista , por ello las secretarias de tránsito y/o movilidad tienen también sus propias plataformas donde podrás consultar la existencia de multas. En cuanto si es posible o no apelar las mismas es necesario revisar el caso en particular para determinar ello, con la documentación respectiva, a saber: guías de envío, pantalla del runt y fotodetección. Saludos.
Buenas tengo un comparendo por fotomulta 6 Dic 2018 transito fundacion magdalena, nunca me notificaron,en septiembre de 2019 lo pasaron a cobro coactivo sin yo enterarme, cuando me entero de un embargo pasó un derecho de peticion en Nov del año pasado, todavia no me han respondido. Hoy 7 de mayo 2020 recibo en el correo que unos abogados me envian una solicitud para llegar a un acuerdo y evitar que me embarguen.
Cordial saludo , el hecho de que no hubieses conocido de la existencia del acto de notificación no significa que no haya sido notificado correctamente, para poder saber si la notificación fue correcta o no debes solicitar y analizar las guías de envío y el pantallazo del runt, ambos documentos te los dan en la secretaría de movilidad donde te hicieron la multa; En cuanto al embargo es una medida cautelar, por lo que es un medida previa de tal forma que te enteras del mismo siempre de manera posterior a la misma, sin que por esa razón se afecten tus derechos y garantías procesales.Saludos.
Buena noches
Resulta que le apareció una fotomulta a mi esposa y nunca fuimos notificados. La fotomulta fue el 27 de diciembre/ 18 , en el simit aparece que la notificación fue el 29 de abril /19 y ahora en junio del 2.020 le empezaron a mandar mensajes a mi esposa sobre un descuento y asi fue que nos enteramos de la multa. Quisiera saber si puedo tumbar la fotomulta . Muchas gracias.
Confirmen la notificación solicitando la copia de la guía de envío y el pantallazo del runt.
aca en barranquilla las autoridades abusan en el tema de las fotodetecciones o fotomultas, buenos este tipo de escritos nos defiende
Buenas tardes, tengo situación con unas foto multa en Aracataca (Magdalena) y otra en Arjona (Bolívar), uds prestan servicio en esta zona también?
Buen Día, si señor , nosotros tenemos servicios de revocatoria de fotomultas a nivel país. cualquier duda o inquietud con gusto sera tratada en nuestra linea telefónica: (4) 5055987 – Celular/ Whatsapp: 3013229007.
buenas tardes me podrian colaborar lo q pasa esq iva sin chaleco a las 6:30 d ela tarde por la via regional hacia la estrella y me notificaron despues de los 3 un dios les pague si me pueden ayudar
en cuanto a los comparendos manuales y electrónicos ( Fotodetecciónes ) por Whatsapp le podemos asesorar 3013229007 – 3208334756.
Buenos dias. Mi esposo tiene dos fotomultas del año 2017 de una moto que me robaron hace 5 años, necesito presentar un derecho de peticion solicitando la exoneracion, tengo todos los documentos, denuncio, matricula, de la moto robada, cuando me cuesta? donde me puedo comunicar en Medellin.
Asesoria inmediata sobre fotomultas o Fotodetecciónes al WhatsApp: 3013229007 – 3208334756.
Buenos Días
Tengo 3 fotomultas de 2015 y 3 fotomultas de 2016 en medellin, transito de Caribe
No me fueron notificadas a mi residencia
En éste año 2018 me llego un comunicado con el cobro de de las fotomultas del 2016 y al presentarme a las oficinas del tránsito me entregan un cobro mayor con las fotomultas del 2015
se puede hacer algo ?
Agradeciendo su atencion
Podemos asesorarte en el whatsapp: 3013229007 – 3208334756, en el caso de FotoMultas o fotodeteciones es necesario que nos informes más sobre los mismos.
buenos dias es legal las fotomultas tomadas desde una camioneta en movimiento?
Es ilegal en colombia este procedimiento.
Buen día he visto en la pagina de la SIMIT y veo que tengo una fotomulta por exceso de velocidad. la fecha de la multa es del día 10/11/2018 y la fecha es de notificación es del día 11/12/2018. he consultado en internet el artículo 135 de la Ley 1383 de 2010 donde se definen las fechas y mecanismos de notificacion de las Fotomultas y veo que no se cumplió el procedimiento adecuadamente. ¿Es posible anular el fotocomparendo?, Gracias
Buen día señor Alejandro Ortiz, le recomendamos leerse el siguiente articulo https://www.guerreroabogados.com.co/consultar-fotomultas-y-saber-si-se-pueden-revocar/ en el cual se le aclararan sus dudas, dado que el articulo 135 del código nacional de transito en lo relacionado a la notificación de fotomultas o fotocomparendos ha variado por disposición normativa del año 2017.
Buen dia: Desde octubre del año anterior figuran a mi cargo dos comparendos electrónicos de la secretaria de tránsito de Fundación (Mag.) a la misma hora y fecha; no me han sido notificados, requiero asesoría para proceder a impugnarlos. gracias
Cordial Saludo, para poder saber si efectivamente dichos fotocomparendos o fotomultas fueron o no bien notificados es necesario tener la prueba de ello, la cual se la dan en la secretaria de transito que le impuso las multas, dicha documentación es la siguiente: 1) las guías de notificación de esos dos comparendos y 2) el pantallazo del runt, cuando los tenga con gusto le podemos revisar su caso, para lo cual tenemos habilitado el siguiente numero de WhatsApp: 3013229007 – email: gerencia@guerreroabogados.com.co
Mi caso: cambie mi carro a otro, matriculado en Caucasia, cuando me presente en el TRASITO de Caucasia, me dijeron que NO me podian hacer el traspaso, porque debían el impuesto del año 1995 el otro dueño,, como yo no iba a pagar un impuesto que no debía, presente un derecho de petición al Departamento, el cual me resolvieron a mi —fa
avor , dos meses después.–
Presente un derecho de petición al transito de Medellin, y nada me resolvieron, el Inspector desconoció olímpicamente, la Resolusion Gubernativa,.
Lo que yo alego es que NO PUEDEN CONDENARME, por no poder traspasar mi carro, dentro de los 15 días que ,dizque dice la norma, porque ni la Oficina de Transito , podian hacerlo, y menos yo, ya que los impuestos que querían cobrar, estaban impugnados, ante una Entidad Superior, por lo tanto, es injusto a todas luces, cobrar un foto multa, que yo no cometí y menos aun por no hab er efectuado el traspaso a tiempo, asi figurara yo como dueño del vehículo, en tiempo del compa rendo. Tampoco FUI NOTIFICADO PERSONALMENTE, NI CITACIÓN A LA AUDIENCIA, que dicen haber hecho.-
Buenas tardes, tengo pendiente un proceso de cobro por una fotomulta realizada el 21/01/2017 el cual me esta llegando con unos intereses de mora altísimos. Como puedo verificar si fui previamente notificado? La orden de comparendo es D05001000000013981972.
Gracias.
Cordial Saludo, para poder verificar si fue previamente notificado, puedes dirigirte fisicamente a la secretaria de transito que le hizo dicha fotodetección o fotomulta y solicitar esta documentación: 1) guía de notificación y 2) Pantallazo del Runt , si existe la guía significa que si se le envío la notificación, lo que en dicho caso tocaría es hacer una revisión de si el procedimiento de notificación es correcto o erróneo a la luz de los postulados de la ley 769 de 2002 – 1383 de 2010 – 1437 de 2011 y 1483 de 2017.
Buenas noches, vendí y realicé traspaso de un vehículo el 18 de enero del 2016 sin problemas, pero el pasado 21 de septiembre 2019 me doy cuenta por la aplicación del simit que me aparece una fotomulta del 31 de diciembre del 2015, fotomulta que nunca me notificaron ni siquiera a la hora de hacer el traspaso porque debía estar al dia para dicho proceso… Yo puedo apelar esta fotomulta basandome en las normas que regían en ese año de 2015?
Cordial Saludo, para el presente caso entrar a apelar la decisión no seria posible pensaría sin haber revisado su caso que ya la audiencia la debieron haber realizado, por lo que tocaría solamente entrar a revisar si el procedimiento de notificación fue o no correcto por lo que es necesario que se consiga 1) guía de notificación, 2) pantalla del runt.
Buena Tarde.
Quisiera saber que tan veridico es que se puede realizar una fotomulta desde un dispositivo Móvil (Caso Teléfono celular) por parte de un agente de tránsito y a su vez el tiempo de notificación que tiene la entidad para estos casos.
Muchas Gracias.
Buen día, para poder desarrollar este tipo de actuaciones la secretaria de tránsito la debe hacer exactamente por medio de cámaras de fotodetección no por medio de celulares.
Buen día.
Me hicieron una fotomulta pero no me notificaron, únicamente me llegó un mensaje ayer indicando que debo pagar de inmediato mi fotomulta para que no se vaya a cobro coacrivo. Fui a la secretaria de transito, pero Ellos alegan que no tengo dirección en el runt, sin embargo revisé y sí está mi dirección, sin embargo es una dirección rural. Debo aún así pagar la fotomulta? La resolución salió dos meses después y el mensaje al celular me llegó dos y medio meses después.
Cordial saludo , en cuanto a la dirección de envío es directamente la que tengas registrada en el RUNT, la secretaria de tránsito cumple al enviar, así tengas la dirección desactualizada o errónea, por lo anterior si solo aprecias ese error, el mismo no es imputable a la secretaria de tránsito.
Buenas tardes cesar, tengo un caso igual con Arjona, no se como puedo hacer el proceso, usted pudo solucionar su problema?
Buensa noches, tengo una fotomulta del 13 de marzo de 2018 en el municipio de Cota (Cundinamarca), revisé en el SIMIT este año (2019) el mes de Julio, nunca fui notificado al correo ni a mi residencia estando bien ambos en el SIMIT, la respuesta fue que la empresa de mensjería lo devolvió al remitente, lo realizaron por un aviso y publicado en una pág. que nadie lee, por 7 dias. Esas fueron las respuestas al derecho de petición, pero leía en su página que deben notificar, además de tener un tiempo de caducidad de un año, otra cosa, la camara con la cual tomaron el fotocomparendo no estaba demarcada. Ya realicé acuerdo de pago pero ¿Se puede hacer algo más? ¿pagar solo el comparendo sin intereses? gracias
cordial saludo, Dado que se hizo acuerdo de pago, se reconoció la comisión de la infracción por lo que no existe nada que se pueda realizar en su caso.En este video explicamos el tema https://www.youtube.com/watch?v=MV8Q97Kd_iw&t=416s
Buenas noches una vez leida la información me queda una duda. Se dice que la notificación debe ser personal; el hecho de q la guia q ellos tienen como notificada donde la dirección está bn pero no aparece recibido por alguna persona sino simplemente aparece una descripcion de una vivienda (dice fachada color y de tres pisos) se podria hablar q es una indebida notificacion? O es válida como notificación?
Buen día seria necesario revisar las guías de envío, pero adicionalmente para responder a tu pregunta, el articulo 69 de la ley 1437 establece la notificación por aviso para los procesos administrativos , por lo que una vez agotada el procedimiento para intentar notificar personalmente se deberá acudir al procedimiento de notificación por aviso, por lo anterior se hace necesario revisar las guías.
BUENOS DÍAS, estacione mi vehiculo frente a la empresa y estaba cargando cajas, a los tres minutos observe que el policia de transito paso y me tomo la fotomulta, baje y le informe al policia que estaba trabajando y me dijo que de malas, que estaba mal estacionado, le dije que me la hiciera en fisico, y me dijo que no, puedo impugnar la fotomulta, tengo los videos del procedimiento de las cámaras de la empresa. gracias.
Cordial Saludo, según lo que usted manifiesta si seria posible desarrollar el proceso de impugnación de la misma.
Cordial Saludo, tengo una multa por fotodetección que no me fue notificada y solo hasta ahora me llegan unos mensajes de texto sobre el inicio del cobro coactivo. Ese día no era yo quien tenía el carro y al verificar en el sitio web del transito de Medellín dice que la notificación se hizo por AVISO ¿esa notificación tiene alguna legalidad? ¿como puedo proceder?
El articulo 69 de la ley 1437 establece la notificación por aviso para los procesos administrativos , por lo que una vez agotada el procedimiento para intentar notificar personalmente se deberá acudir al procedimiento de notificación por aviso, por lo anterior se hace necesario revisar las guías de notificación y el pantallazo del runt para establecer si el procedimiento es correcto o adecuado a los ojos de la ley Colombiana.
En una semana que estuve en la costa me hicieron 3 fotomultas por exceso de velocidad. Dos el mismo día 27/11/2019 en el Km77 y km97 vía al mar, una aparece de la secretaría de Puerto Colombia y otra de la secretaría del Atlántico. Hoy me llegó correo por debajo de la puerta de la de Puerto Colombia. Tengo otra del 02/12/2019 pero para esa fecha yo ya estaba en Bogotá desde el 30/11/2019 y no me han notificado. Se pueden tumbar esas fotomultas?
Cordial Saludo, para poder revisar su caso en particular es necesario que anexe 1) las guías de envío (las dan directamente en la secretaria de tránsito que hizo la multa – si no tienes forma de llegar a esos municipios por la distancia, le recomiendo las solicite por la web de cada una de esas entidades, si dichas entidades no tienen web, hacer la solicitud por intermedio de la web de la alcaldía municipal) y 2) Pantallazo del Runt.
Buen día… envie via whats app una solicitud para saber si pueden ayudarme a tumbar una fotomulta que fue en el año 2018 y hasta hace 8 días me llega una notificvación via whats app de que empezaran un proceso juridico po no pago y que debo de pagar el valor total sin descuento, nunca fui notificada, me dijeron que les ajuntara guia y runt, los envie al whats app 3013229007 desde mi celular 3004489101 a nombre de Jazmin eliana Vasquez cedula 1128264412…
solicito de su pronta ayuda para saber si pueden hacer algo…
estare atenta
Cordial saludo, claro , adjuntarnos las guías de envío y el pantallazo del runt para poder analizar tu caso.
Buenas tardes, me llego una notificación por fotomulta através de mensaje de texto, ingreso al portal y dice notificado electrónicamente, según lo que leo en el blog, me han notificado de manera indebida, ya que NO me llego la fotomulta a mi residencia ni por correo e, mi pregunta es: ¿podría esperar los 6 meses y proceder al derecho de audiencia y defensa?
Cordial saludo, dando respuesta a tu pregunta, te invitamos a revisar la ley 1843 de 2017, lo anterior dado que el tiempo de caducidad no corresponde a 6 meses sino a 1 año, esto desde la vigencia de la ley anteriormente mencionada (existe caducidad si no se desarrolla la audiencia antes de dicho tiempo o si se desarrolla de forma extemporanea).
En cuanto a que puedas determinar si fuiste o no correctamente notificada , te recomiendo solicites 1) la guía de envío y 2) el pantalla del runt, dado que con esta documentación es la única forma de verificar si el procedimiento de notificación es correcto o no.
Buenas tardes, mi esposo tuvo una foto multa el 29 de Julio de 2012, en el simit aparece que fue notificada el mismo día, pero no, paso mas del mes para que llegara la notificación, él no se presento a la oficina de transito en el atlántico. El 21 de septiembre de 2012 aparece que fue ingresada en cobro coactivo con resolución del 29 de abril del 2013, pero sin ser notificado en ningún momento. Se puede hacer algo al respecto?. Gracias
Cordial saludo, en el presente caso es necesario poder verificar las guías de envío para establecer como fue el tema de notificación de la fotomulta, dicha guía de envío la dan en la secretaría de transito del atlántico y adicionalmente el Pantallazo del Runt, cuando los tengas con gusto los revisamos
Buenas tardes Dios los bendiga pase un derecho de petición para la prescripción de un comparendo en cobro coactivo, no me prescribió el comparendo me dicen que me notificaron vía web donde yo no tengo página web que puedo hacer en ese caso el comparendo tiene más de 8 años
los comparendos en cobro coactivo también prescriben, pero debes de tener presente que no existe un concepto unánime del término de prescripción después del cobro coactivo, algunas secretarias de tránsito lo aplican a los 3 años y otras a los 5 años. En nuestro canal de Youtube GUERRERO ABOGADOS. existe un video que habla sobre este tema.
Buenos días cordial saludo.
El día 18 de Enero del 2020, me realizaron una fotomulta en la avenida Oriental en el departamento del Atlántico, por un supuesto exceso de velocidad. Me llegó la notificación el día de ayer 28 de enero del año 2020 por medio de correo certificado (Servientrega), el comparendo tiene como fecha de validación el día 22 de enero del año 2020. Revisando mi SIMIT, muestra que la fecha del comparendo fue el día 18 de enero del año 2020, y que la fecha de notificación fue el mismo 18 de Enero del año 2020. Lo que permite evidenciar una inconsistencia en la fecha de notificación, toda vez que el 18 de enero no fui notificado ni personalmente ni por correo certificado. Se puede hacer algo al respecto para impugnar el comparendo?. Gracias.
Cordial Saludo, ya dimos respuesta a esta duda en su post anterior.
Buenas tardes,muy atentamente solicito su colaboración para solucionar el siguiente caso:
Por una fotomulta del transito de arjona ,me embargaron mis cuentas bancarias.Por intermedio del banco DAVIVIENDA cancelé el valor de la multa el 2 de agosto del 2018,cuyo dinero consignaron en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia.
A la fecha aún continúan embargadas mis cuentas y continúo reportado en el SIMIT. Esta situación me tiene altamente perjudicado porque también se me venció mi licencia de conducción y no me la revalidan por estar publicado en el SIMIT.Envié un derecho de petición el 11 de octubre del 2019 y no se dignaron responder.Qué debo hacer.Agradezco su orientación.
si realizo un derecho de petición al cual no le dieron respuesta procede la acción de tutela por violación del derecho fundamental de petición, de tal forma que se de respuesta una a una a las peticiones realizadas a dicho ente; le recomendamos se dirija al juzgado para que solicite los oficios de levantamiento del embargo antes de que archiven el proceso.
Buen día, si me interpusieron una fotomulta el 07 de enero de 2020 cual sería la fecha máxima para recibirla notificación.
Cordial saludo , depende de lo siguiente, la ley establece que la autoridad de tránsito tiene 10 días hábiles para revisar Sui existió o no una infracción de tránsito, posterior a esto tiene hasta 3 días hábiles para enviar y el tema de entrega dependerá del convenio suscrito de cada municipio con las empresas de mensajería , que por ejemplo en el caso de Medellín , el tiempo estimado de entrega es de hasta 5 días hábiles.
buenas tardes, tengo una foto multa de 2017, en un auto al cual lastimosamente no hice traspaso ahora que miro el simit me aparece en cobro coactivo y de 733 mi que supuestamente era la multa me estan cobrando 1200.000 como me podrian ayudar
Buen día , al no haber realizado el traspaso a persona indeterminada la responsabilidad recae por lógica razón en el propietario del vehículo, le recomendaría realizar un análisis de dicha fotomulta o fotodetección para establecer si es posible eliminarla por algún error procesal surtido en la misma, en caso contrario pagarla y realizar el traspaso a persona indeterminada, dado que si saneas las multas e impuestos y no haces traspaso corres el riesgo de seguir recibiendo la notificación de fotomultas futuras.
Buenas tardes,
tengo varias multas electrónicas y quisiera saber cuál es el panorama con la sentencia de la corte que tumba este tipo de comparendos. Cómo puedo impugnar para que las exoneren.
Buen día, en cuanto a la sentencia C-038 de 2020 de la corte constitucional, a fecha 19 de febrero no la han publicado, pero el alcance es la inexequibilidad del parágrafo 1 del articulo 8 de la ley 1843 de 2017 que rompe la solidaridad entre conductor del vehículo y propietario del mismo, en nuestra firma de abogados, ya estamos realizando solicitudes de esta naturaleza buscando que se eliminen dichos cobros que a nuestro parecer carecen de sustento legal, te recomiendo ver este video: https://www.youtube.com/watch?v=8r-4hGMMd0c
Buenos días señores abogados, me impusieron una fotomulta el 11/7/2019 en el barrio Chapinero de Bogotá, pero me notificaron a una dirección desactualizada en el Runt y hace cinco días me llegó una notificación personal de mandamiento de pago del 31/10/2019 para cobro coactivo con intereses de mora a mi residencia. ¿ Cuál es el procedimiento más adecuado para actuar y no tener que pagar el comparendo ?. Gracias por su respuesta.
Cordial saludo, es necesario realizar revisión del caso para determinar posibles errores en el trámite que sean imputables al tránsito dado que la dirección desactualizada es un error NO imputable al tránsito, sino directamente a usted como propietario del vehículo, por lo que no te sirve como excusa tu propio error.
Buenos tardes señores abogados. Me pusieron una fotomulta en Julio del 2019 en Bogotá D.C., pero me notificaron a una dirección desactualizada en el Runt y hace cinco días me llegó llegó una notificación del 31/10/2019 para cobro coactivo con intereses de mora a mi residencia. Favor informarme cual es el procedimiento mas conveniente para actuar y no tener que pagar el comparendo.
Gracias por su respuesta.
Cordial saludo, si no actualizo la dirección del RUNT, la responsabilidad recae única y exclusivamente en usted, dado que la ley le impone la obligación de tener los datos actualizados, de tal forma que no puede alegar a su favor su propia culpa.
Buenas tardes señores abogados, me pusieron una fotomulta en Julio del año pasado y me notificaron a una dirección desactualizada del Runt, pero si me llegó una notificación para cobro coactivo con intereses de mora el 14 de Febrero del presente año a mi casa. ¿ Tengo derecho a reclamar para no pagar ?
Cordial saludo, si no actualizo la dirección del RUNT, la responsabilidad recae única y exclusivamente en usted, dado que la ley le impone la obligación de tener los datos actualizados, de tal forma que no puede alegar a su favor su propia culpa.
Tengo 4 fotomultas, así 28 de diciembre de 2019, 21 y 29 de enero, 21 de febrero de 2020. Se pueden tumbar teniendo en como argumento la debida señalización, pero sobre todo la calibración de los instrumentos y del sistema. Según la única empresa autorizada para certificar la calibración de los aparatos, a nivel nacional, ninguna de las secretarias de tránsito de Antioquia había hecho lo propio, a febrero de este año. Les agradezco inmensamente la orientación que me puedan dar.
Cordial Saludo , al desconocer en tu escrito la causal de sanción de cada una de dichas multas no se si te sirve el argumento
De calibración. Saludos !!!
Las 4 fotomultas son por exceso de velocidad, Desde 67 hasta 71 km/h y todas son después de las 11 de la noche. Aqui se observan dos atenuantes 1.- Realmente no se abusó de la velocidad. 2.- A una hora en que el tráfico automotor y el peatonal son muy bajos.
Buenas tardes,
me acaban de llegar 2 foto multas por pico y placa ambiental en la avenida las Vegas en Medellin puedo hacer algo o toca
pagarlas?
Saludos!, tengo una fotomulta la cual me fue notificada en la dirección donde antes vivía. Y solo hasta ahora que venderé el vehículo me doy cuenta de la existencia de la fotomulta. Esta fotodetección fue hace 6 meses. Es posible hacer una petición para que solo me cobren el 50% de la multa?. Mil gracias por la disposición,
Buen día si nunca actualizo la dirección del RUNT el tránsito válidamente le notificará a la dirección que registro , por lo que no es posible alegar la no actualización de dirección su parte como eximente de responsabilidad o para obtener beneficios.
Buenas tardes,
Revisé la página Movidadenlíne de la secretaría de Medellín y me aparece un comparendo electrónico por pico y placa ambiental del día 12 de marzo del 2020. Hasta la fecha no he recibido notificación alguna, fui al transito de caribe a solicitar las guías de envío y me dijeron que no existen debido a que la notificación no ha sido enviada aún. La pregunta es si en este caso dado que han pasado más de 3 meses y no me han notificado, ni siquiera enviado dicha notificación procede tumbar y que costo tendría? Nota: en el simit aparezco a paz y salvo.
Buenos días tengo un comparendo de tránsito de fecha 19 enero de 2014. Lléva Seis años y seis meses. Nunca me notificaron ni fui a audiencia. Cómo hago para q se me de a favor la prescripción. Si en viable
Gracias
Buen día, existe ya mandamiento de pago ?
Buenas tardes, muchas gracias por la informacion brindada, sin embargo me surge una duda, pues me entere en la pagina del simit que tengo una foto-multa en donde me presentan la siguiente información: fecha de la infracción: 8 de septiembre de 2019, fecha de notificación: 18 de diciembre de 2019. Con esto basta para tumbar la multa por indebida notificación?, teniendo en cuenta que pasaron mas de tres meses entre un evento y el otro. Es necesario solicitar el numero de guía de la notificación?
Buen día por regla general la información del simit en cuanto a la fecha de notificación es errónea, le recomiendo solicitar la guía de envío , y si en la misma le sale la fecha que esta en el simit si seria posible.
Mi nombre es Hernando paniagua
Hace aproximadamente un mes pase y una foto multa en bello con exceso de velocidad en una motocicleta, apenas me llamaron ayer de mi casa que llego la fotomulta, esta fotomulta es válida o se puede tumbar por el tiempo que ocurrió el hecho y que tampoco hay identificación del conductor, muchas gracias
En total tránsito tiene 18 días hábiles para que le llegue su notificación al domicilio respirado en el runt, en cuanto a la identificación del infractor puedes si deseas realizar la respectiva solicitud a tránsito conforme a la sentencia c 038 de 2020. Saludos.