Me cobran una deuda que no es mía: cómo defenderse

Si me cobran una deuda que no es mía, lo primero es no pagar y no reconocer nada por teléfono: exija por escrito el documento que soporta la deuda, revise su historial en las centrales de riesgo y, si hubo suplantación, denuncie y reclame para que el dato se corrija.

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Respuesta corta: Quien cobra debe probar que usted debe. Pida copia del pagaré, contrato o factura y de la cédula con la que se abrió la obligación. Si no la entregan o no coincide, presente derecho de petición a la entidad y reclamo a la central de riesgo; tienen 15 días hábiles para responder. Si alguien usó su identidad, denuncie ante la Fiscalía y adjunte la denuncia al reclamo.
Causas más comunes cuando cobran una deuda que no es mía: homónimo, suplantación, error
Recibir cobros por una obligación que usted nunca adquirió casi siempre tiene una de estas tres explicaciones.
| Causa | Cómo se reconoce | Qué está en juego |
|---|---|---|
| Homónimo | Mismo nombre, pero el número de cédula o la fecha de nacimiento no coinciden | Llamadas molestas; a veces un reporte mal asociado |
| Suplantación | La deuda sí está a su cédula, pero usted no la firmó ni recibió el producto | Reporte negativo, demandas y embargos por algo ajeno |
| Error de cobranza | Deuda ya pagada, cedida a otra empresa o con saldo mal calculado | Doble cobro y reporte indebido |
El homónimo suele resolverse rápido. La suplantación es el caso grave: alguien abrió un crédito, una línea celular o una compra a cuotas con su cédula, y para el sistema financiero esa deuda es suya hasta que demuestre lo contrario. El error de cobranza ocurre cuando una deuda antigua se vende varias veces y los registros no se actualizan.
Antes de hacer cualquier cosa, consulte gratis su historial en Datacrédito, TransUnion y Procrédito para ver qué obligaciones aparecen a su nombre, con qué entidad y desde cuándo.
Exija el título y la prueba de la deuda
Quien afirma que usted debe tiene la carga de probarlo. No acepte explicaciones verbales ni pantallazos de un sistema interno. Pida por escrito a quien lo contacta:
- Copia del pagaré, contrato, factura o documento que originó la obligación.
- Copia de la cédula y soportes de vinculación presentados al abrir el producto.
- Estado de cuenta con fecha de origen, capital, intereses y gastos de cobranza.
- Si la deuda fue vendida, el documento de cesión que acredite el derecho a cobrar.
Guarde registro de cada llamada: fecha, hora, empresa y nombre de quien llama. La cobranza debe respetar la Ley 2300 de 2023: horarios limitados, un solo canal por semana y prohibición de contactar a familiares o compañeros de trabajo.
Nunca pague «para que dejen de molestar»
Pagar una cuota pequeña o firmar un acuerdo para detener las llamadas es un error: ese pago puede tomarse como reconocimiento de la deuda, interrumpe la prescripción y dificulta demostrar después que la obligación no era suya.
Derecho de petición y queja ante la SIC
El siguiente paso es formalizar la reclamación. Presente un derecho de petición, con fundamento en la Ley 1755 de 2015 y la Ley 1266 de 2008, a la entidad que reporta o cobra, y un reclamo paralelo ante la central de riesgo. Indique su nombre y cédula, explique que no reconoce la obligación, pida la prueba del título y solicite la corrección o eliminación del dato. Puede guiarse por este modelo de derecho de petición a Datacrédito.
La entidad tiene 15 días hábiles para responder, prorrogables por 8 más si le informa la razón. Mientras tanto, la central debe marcar el dato con la leyenda «reclamo en trámite». Si vence el plazo sin respuesta, opera el silencio positivo: se entiende aceptada su solicitud y el reporte debe corregirse o eliminarse.
Si la respuesta es negativa, presente queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio, que puede ordenar la corrección y sancionar a la entidad. Si el reporte le causa un daño inmediato, como la negación de un crédito de vivienda o de un empleo, también procede la acción de tutela por hábeas data, siempre que primero haya reclamado a la entidad.
Si fue suplantación: denuncia y reclamo en centrales
Cuando la deuda está a su cédula pero usted no la contrajo, se trata de un delito. Presente denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación, presencial o virtual, por falsedad personal o estafa según el caso, con su historial de centrales de riesgo y las comunicaciones de cobro recibidas.
Con la denuncia, el reclamo gana fuerza. La Ley 2157 de 2021 dio un trato especial a las víctimas de suplantación: presentada la denuncia y la solicitud de corrección, la fuente debe revisar el caso y, si no acredita que usted contrató, eliminar el dato negativo. Mientras tanto, el reporte debe quedar marcado como víctima de falsedad personal.
- Consulte su historial en las tres centrales y descargue el soporte.
- Denuncie ante la Fiscalía y guarde el número de noticia criminal.
- Presente derecho de petición a cada entidad y reclamo a cada central, con la denuncia.
- Pida copia de los documentos de apertura para compararlos con su firma.
- Si no corrigen en 15 días hábiles, queja ante la SIC y, si hay perjuicio grave, tutela.
Si además lo demandan, no ignore la notificación: en el proceso ejecutivo tiene 10 días para proponer excepciones, y la falsedad de la firma o la inexistencia de la obligación deben alegarse a tiempo. Puede revisar cómo quitar un reporte negativo en Datacrédito cuando el dato no corresponde a una deuda real.
Cómo le ayudamos en Guerrero Abogados
En Guerrero Abogados radicamos los derechos de petición y reclamos ante entidades y centrales de riesgo, acompañamos la denuncia por suplantación, presentamos quejas ante la SIC y tutelas, y defendemos a quienes son demandados por deudas que no contrajeron. Tenemos sedes en Medellín (Calle 49 # 50-21) y Bogotá (Carrera 13 # 37-43), y atención virtual en toda Colombia. Si le cobran una deuda que no reconoce, escríbanos por WhatsApp al 301 322 9007.
Preguntas frecuentes sobre deudas que no son mías
¿Qué hago si me cobran una deuda que no es mía por teléfono?
No reconozca nada ni pague. Pida el nombre de la empresa, el número de la obligación y que le envíen por escrito el documento que soporta la deuda. Luego consulte su historial en las centrales de riesgo para verificar si el dato aparece a su cédula.
¿Cuánto tarda en salir un reporte por suplantación?
La entidad tiene 15 días hábiles para responder su reclamo, prorrogables por 8 más. Si acepta o no responde, debe eliminar el dato. Si lo niega, el camino es la queja ante la SIC o la tutela.
¿Pueden embargarme por una deuda que no es mía?
Solo si existe un proceso ejecutivo y usted no se defiende. Si lo notifican de una demanda, tiene 10 días para proponer excepciones como la falsedad de la firma o la inexistencia de la obligación. No ignore ninguna notificación judicial.
¿Es obligatorio denunciar para que corrijan el reporte?
Para los casos de suplantación, la denuncia penal es el soporte principal que exige la ley para que la fuente revise y elimine el dato. Para homónimos o errores de cobranza no se requiere denuncia; basta el reclamo con sus documentos de identidad.



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