Prescripción de la deuda de tarjeta de crédito: cuándo y cómo alegarla

Muchas personas tienen tarjetas en mora desde hace años y se preguntan si todavía pueden cobrarles. La prescripción de la deuda de tarjeta de crédito existe, pero tiene reglas que conviene entender antes de confiarse.
Actualizado: 8 de octubre de 2026 · Revisado por el equipo jurídico de Guerrero Abogados
Respuesta corta: Las deudas de tarjeta de crédito suelen estar respaldadas por un pagaré, cuya acción cambiaria prescribe en tres años desde su vencimiento (artículo 789 del Código de Comercio). El plazo puede interrumpirse con una demanda notificada a tiempo o si usted reconoce la deuda. La prescripción no opera sola: debe alegarse ante el juez o pedirse en un proceso.
El pagaré: la clave de la prescripción
Al abrir la tarjeta, usted casi siempre firmó un pagaré en blanco con carta de instrucciones. Cuando cae en mora, el banco lo llena con el saldo y una fecha de vencimiento (o aplica la cláusula aceleratoria). Esa fecha es la que importa para contar la prescripción.
Plazos aplicables
| Acción | Plazo | Norma |
|---|---|---|
| Acción cambiaria del pagaré | 3 años desde el vencimiento | Art. 789 Código de Comercio |
| Acción ejecutiva sin título valor | 5 años | Art. 2536 Código Civil |
| Acción ordinaria | 10 años | Art. 2536 Código Civil |
¿Qué interrumpe la prescripción?
- La demanda: si el acreedor demanda y le notifica el mandamiento de pago dentro del año siguiente a la notificación al demandante, la prescripción se interrumpe desde la presentación de la demanda (artículo 94 del CGP).
- El reconocimiento de la deuda: pagar abonos, firmar acuerdos o aceptar por escrito la deuda puede interrumpir el plazo o implicar renuncia a la prescripción ya cumplida.
La prescripción no es automática
Muchos creen que a los tres años la deuda «desaparece». No es así: si el banco lo demanda, usted debe proponer la excepción de prescripción en el proceso; si no lo hace, el juez no puede declararla de oficio. Si no hay proceso, puede pedir que se declare en un proceso declarativo.
Prescripción y reporte en centrales
Son cosas distintas. Aunque la deuda prescriba, el reporte sigue las reglas de hábeas data: el dato negativo caduca a los ocho años desde la mora si no se paga. Vea caducidad del dato negativo.
Cuidado con las casas de cobranza
Las casas de cobranza pueden seguir llamando por deudas antiguas y ofreciendo descuentos. Antes de pagar o firmar, revise si la deuda está prescrita: un abono puede revivir el problema. Ver qué casa de cobranza tiene mi deuda y cómo negociar con casas de cobranza.
Ampliamos las reglas generales en prescripción de deudas en Colombia.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo prescribe una deuda de tarjeta de crédito en Colombia?
Si está respaldada por un pagaré, la acción cambiaria prescribe en tres años desde el vencimiento del título.
¿La prescripción de la tarjeta es automática?
No. Debe alegarse como excepción si lo demandan, o pedirse en un proceso. El juez no la declara de oficio.
¿Si pago un abono se reinicia la prescripción?
El reconocimiento de la deuda puede interrumpir la prescripción o implicar renuncia a la ya cumplida. Consulte antes de abonar a deudas antiguas.
¿Si la deuda prescribió me quitan el reporte?
No automáticamente. El reporte sigue reglas de hábeas data: caduca a los ocho años desde el inicio de la mora si no se paga.
¿Desde cuándo se cuenta la prescripción del pagaré?
Desde la fecha de vencimiento que aparece en el pagaré, que normalmente es la fecha en que el banco aceleró la deuda.
Asesoría legal sobre la prescripción de la deuda de tarjeta de crédito
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