¿Qué pasa si no pago un crédito en Colombia?

9 de octubre de 2026
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Qué pasa si no pago un crédito en Colombia: la deuda no desaparece, pero tampoco lo lleva a la cárcel. Lo que ocurre es un camino de etapas previsibles, desde los intereses de mora hasta un posible embargo, y en cada una usted tiene opciones legales para reaccionar.

Qué pasa si no pago un crédito

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Respuesta corta: si deja de pagar un crédito, el banco cobra intereses de mora, lo reporta en las centrales de riesgo después de notificarlo, entrega la deuda a una casa de cobranza y, si no hay acuerdo, puede demandarlo en un proceso ejecutivo y pedir el embargo de su salario, cuentas o bienes. Nada de eso pasa de un día para otro, y en todas las etapas puede negociar, defenderse o acogerse a la insolvencia.

Las 5 etapas de una deuda que no se paga

Muchas personas temen una consecuencia inmediata y grave. En la práctica, el proceso sigue un orden que se repite en casi todas las entidades.

EtapaQué ocurreTiempo aproximado
1. MoraSe generan intereses de mora sobre la cuota vencida y empiezan los recordatorios.Desde el día 1 de atraso
2. Reporte negativoLa entidad le envía una notificación previa y, si no paga en 20 días, lo reporta a Datacrédito o TransUnion.Entre 30 y 90 días
3. Cobro prejurídicoUna casa de cobranza llama y escribe para buscar un acuerdo de pago.De 1 a 6 meses
4. Cobro jurídicoEl acreedor presenta una demanda ejecutiva ante un juez con el pagaré firmado.Variable, según el acreedor
5. EmbargoEl juez ordena medidas cautelares sobre salario, cuentas o bienes y, si no hay defensa, remate.Durante el proceso

Los intereses de mora tienen un tope: la tasa de usura que certifica la Superintendencia Financiera cada mes. Antes de reportarlo, la Ley 1266 de 2008 obliga a la entidad a notificarlo y darle al menos 20 días para pagar; si no lo hace, el dato es irregular, como explicamos en reporte negativo sin notificación previa. Si la cobranza no logra un acuerdo, el acreedor acude al juez y puede pedir desde el inicio embargos sobre salario, cuentas y bienes. Si recibió una notificación judicial, revise qué hacer ante una demanda ejecutiva por deudas.

¿Me pueden meter a la cárcel por no pagar?

No. El artículo 28 de la Constitución Política es claro: en Colombia no hay detención, prisión ni arresto por deudas. Dejar de pagar un crédito de consumo, una tarjeta, un préstamo de libre inversión o un crédito con una cooperativa es un incumplimiento civil, no un delito.

La única excepción relevante es la cuota de alimentos a favor de hijos o de otras personas protegidas por la ley. No pagarla sí puede constituir el delito de inasistencia alimentaria. Pero esa obligación nada tiene que ver con un crédito bancario.

Si un cobrador le habla de denuncia penal, Policía o antecedentes, está mintiendo para presionarlo. Esa amenaza está prohibida y puede denunciarse.

Qué puede y qué no puede hacer el banco

El acreedor tiene derechos, pero también límites claros. Conocerlos le permite distinguir una gestión de cobro legítima de un abuso.

El banco sí puede:

  • Cobrar intereses de mora hasta el tope de usura vigente.
  • Reportarlo en centrales de riesgo, previa notificación, mientras la deuda esté en mora.
  • Contratar una casa de cobranza para gestionar la deuda.
  • Demandarlo ante un juez civil y pedir embargos.
  • Vender o ceder la deuda a un tercero.

El banco y sus cobradores no pueden:

  • Llamarlo fuera del horario de la Ley 2300 de 2023: lunes a viernes de 7 a. m. a 7 p. m. y sábados de 8 a. m. a 3 p. m. Nada los domingos ni festivos.
  • Contactarlo por más de un canal a la semana sin su autorización.
  • Llamar a sus familiares, vecinos, jefe o referencias para hablar de su deuda.
  • Embargar nada sin una orden escrita de un juez.
  • Amenazarlo con cárcel, humillarlo o usar lenguaje intimidante.

Si identifica alguna de estas conductas, conozca sus derechos bajo la Ley 2300 de 2023, conocida como ley «dejen de fregar».

Cuándo conviene negociar y cuándo acogerse a la insolvencia

La respuesta a qué pasa si no pago un crédito depende mucho de lo que usted haga en los primeros meses. Hay dos caminos principales.

Negociar directamente

Conviene cuando la deuda es una sola y puede ofrecer un pago parcial o cuotas realistas. Las entidades suelen aceptar refinanciación, condonación de intereses o descuentos por pago de contado. Un abogado puede ayudarle a negociar deudas con casas de cobranza con argumentos legales y sin aceptar condiciones imposibles.

Acogerse a la insolvencia

Conviene cuando tiene dos o más deudas en mora de más de 90 días, los acreedores ya lo demandaron o el total de lo que debe supera lo que realistamente puede pagar. El procedimiento de insolvencia de persona natural no comerciante, regulado por el Código General del Proceso y reformado por la Ley 2445 de 2025, suspende los procesos ejecutivos y los embargos mientras se negocia un acuerdo con todos los acreedores a la vez. Lo que nunca conviene es el silencio: ignorar las notificaciones lleva a una sentencia sin defensa.

Cómo le ayudamos en Guerrero Abogados

En Guerrero Abogados revisamos su caso completo: qué deudas tiene, en qué etapa está cada una, si hay reportes irregulares o cobros abusivos y cuál es la salida más conveniente, sea una negociación directa, la defensa en el proceso ejecutivo o un trámite de insolvencia. Atendemos en nuestras sedes de Medellín (Calle 49 # 50-21) y Bogotá (Carrera 13 # 37-43), y de forma virtual en toda Colombia. Si quiere una cita con un abogado, escríbanos por WhatsApp al 301 322 9007.

Preguntas frecuentes sobre qué pasa si no pago un crédito

¿Cuánto tiempo tiene el banco para demandarme?

Depende del documento que firmó. Si es un pagaré, la acción cambiaria prescribe en 3 años desde el vencimiento (artículo 789 del Código de Comercio). Si no hay título valor, aplican los plazos del Código Civil: 5 años para la acción ejecutiva y 10 para la ordinaria. Pasado ese tiempo, la deuda no se borra, pero deja de ser exigible ante un juez.

¿Pueden embargarme el salario por un crédito de consumo?

Sí, pero con límites. El salario mínimo es inembargable y, sobre lo que exceda ese mínimo, solo pueden embargar hasta una quinta parte. Solo las cooperativas y las deudas por alimentos pueden llegar hasta el 50 %.

¿Qué pasa si no pago un crédito y me cambio de ciudad o de trabajo?

La deuda sigue existiendo y el reporte negativo se mantiene. El acreedor puede demandarlo igual y pedir embargos sobre su nuevo salario o sus cuentas, porque el juez oficia directamente a bancos y empleadores. Mudarse no es una solución.

¿Cuánto dura el reporte negativo después de pagar?

Según la Ley 2157 de 2021, el dato negativo permanece el doble del tiempo de la mora, con un máximo de 4 años desde el pago. Si la mora fue de 6 meses, el reporte dura 12 meses después de pagar.

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