Horas extras en Colombia: cuánto valen y cómo se calculan en 2026

Horas extras son las que usted trabaja por encima de la jornada ordinaria pactada o de la máxima legal, que desde el 15 de julio de 2026 es de 42 horas semanales. Se pagan con un recargo del 25 % si son diurnas y del 75 % si son nocturnas. Aquí le explicamos los límites, el cálculo y cómo reclamarlas.
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Respuesta corta: la hora extra diurna se paga con un recargo del 25 % y la nocturna con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. No se pueden trabajar más de 2 horas extras al día ni más de 12 a la semana, y el empleador debe llevar un registro. Con el salario mínimo de 2026 y la jornada de 42 horas, la hora extra diurna vale cerca de $10.422 y la nocturna cerca de $14.591.

Qué son las horas extras y quién tiene derecho
El Código Sustantivo del Trabajo llama trabajo suplementario al que excede la jornada ordinaria y, en todo caso, la máxima legal. La jornada máxima bajó a 44 horas en julio de 2025 y a 42 horas el 15 de julio de 2026, según la Ley 2101 de 2021. Puede ver el detalle en nuestra guía sobre la jornada laboral de 42 horas.
Tienen derecho al pago todos los trabajadores con contrato laboral, salvo las excepciones del artículo 162 del Código:
- Trabajadores de dirección, confianza o manejo.
- Labores discontinuas o intermitentes, y vigilancia cuando el trabajador no reside en el sitio de trabajo, en los términos de la ley.
- Quienes devengan salario integral, porque este compensa de antemano el trabajo extraordinario.
Si el cargo se califica de «confianza» solo en el papel, pero la persona no tiene poder de decisión ni maneja recursos de forma autónoma, puede reclamar sus horas extras. Lo que cuenta son las funciones reales.
Límites a las horas extras según la reforma laboral
La Ley 2466 de 2025 modificó el artículo 22 de la Ley 50 de 1990: en ningún caso las horas extras, diurnas o nocturnas, pueden superar 2 horas diarias ni 12 semanales. También modificó el artículo 162 del Código para eliminar la autorización previa del Ministerio del Trabajo y obligar al empleador a llevar un registro del trabajo suplementario.
- El empleador debe registrar las horas extras de cada trabajador.
- Debe entregar ese registro al trabajador que lo pida.
- Debe pagar las horas extras con el salario del periodo en que se causaron o, a más tardar, con el del periodo siguiente.
En las jornadas flexibles de 4 a 9 horas diarias no se causa trabajo suplementario mientras el promedio semanal no supere la jornada máxima. Por eso conviene revisar cómo está pactado su horario en el contrato y en el reglamento interno de trabajo.
Cómo calcular las horas extras en 2026
Primero se obtiene la hora ordinaria dividiendo el salario mensual entre las horas mensuales de la jornada. Con la jornada de 42 horas, en la práctica de nómina el divisor es 210 (7 horas diarias por 30 días); antes del 15 de julio de 2026 era 220. Luego se multiplica la hora ordinaria por el factor que corresponda.
En 2026 el salario mínimo es de $1.750.905, fijado por el Decreto 1469 de 2025. El auxilio de transporte no hace parte de la base.
| Tipo de hora | Recargo | Factor | Valor con mínimo hasta el 14/07/2026 (÷220) | Valor con mínimo desde el 15/07/2026 (÷210) |
|---|---|---|---|---|
| Hora ordinaria | 0 % | 1,00 | $7.959 | $8.338 |
| Recargo nocturno (7 p. m. a 6 a. m.) | 35 % | 1,35 | $10.744 | $11.256 |
| Hora extra diurna | 25 % | 1,25 | $9.948 | $10.422 |
| Hora extra nocturna | 75 % | 1,75 | $13.928 | $14.591 |
| Hora extra diurna dominical o festiva | 25 % + 90 % | 2,15 | No aplica (antes de julio el dominical era 80 %) | $17.926 |
| Hora extra nocturna dominical o festiva | 75 % + 90 % | 2,65 | No aplica (antes de julio el dominical era 80 %) | $22.095 |
Los recargos de horas extras diurna y nocturna no se acumulan entre sí, pero sí se suman al recargo dominical o festivo, que desde el 1 de julio de 2026 es del 90 %. Revise los detalles en nuestra guía del recargo dominical 2026.
Ejemplo práctico
Una persona con salario mínimo trabajó en agosto de 2026 seis horas extras diurnas y cuatro nocturnas entre semana. Le corresponden 6 × $10.422 = $62.532 más 4 × $14.591 = $58.364, para un total de $120.896 adicional a su salario.
Recuerde que la franja nocturna cambió: desde el 25 de diciembre de 2025 empieza a las 7:00 p. m. y termina a las 6:00 a. m. Una hora extra entre las 7 y las 9 de la noche ya es nocturna.
Cómo reclamar horas extras no pagadas
Las horas extras habituales son salario y deben incluirse en la base de cesantías, intereses, prima y aportes a seguridad social; para las vacaciones, el artículo 192 del Código las excluye de la base. Si no se las pagan, también le quedan mal liquidadas sus prestaciones sociales.
Para reclamar con éxito, la prueba es lo más importante. Los jueces exigen que el trabajador demuestre con precisión cuántas horas extras trabajó y en qué fechas; no basta con afirmar que trabajaba «hasta tarde».
- Pida por escrito al empleador el registro de horas extras que la ley le obliga a llevar.
- Guarde planillas de turnos, registros de ingreso y salida, correos o mensajes enviados fuera de horario.
- Identifique a compañeros que puedan declarar sobre el horario real.
- Presente reclamación escrita, intente la conciliación y, si no hay acuerdo, demande ante el juez laboral.
El trabajo en casa o remoto no cambia estas reglas. La Ley 2191 de 2022 reconoce el derecho a la desconexión laboral; si el empleador le exige responder y trabajar fuera de su jornada, ese tiempo es trabajo suplementario y debe pagarse como tal, siempre que usted pueda probarlo.
El derecho a cobrar horas extras prescribe a los tres años desde que cada pago se hizo exigible. Una reclamación escrita interrumpe ese término por una sola vez.
Cómo le ayudamos en Guerrero Abogados
Revisamos sus turnos y registros, calculamos las horas extras y recargos que le deben con la jornada y el porcentaje vigentes en cada fecha, y los reclamamos junto con el reajuste de prestaciones. A empresas les ayudamos a organizar turnos y registros conforme a la Ley 2466 de 2025. Atendemos en Medellín (Calle 49 # 50-21), en Bogotá (Carrera 13 # 37-43) y de forma virtual en toda Colombia. Para agendar una revisión, escríbanos por WhatsApp al 301 322 9007.
Preguntas frecuentes sobre las horas extras
¿Cuántas horas extras puedo trabajar como máximo?
Dos horas extras al día y doce a la semana, según el artículo 22 de la Ley 50 de 1990, modificado por la Ley 2466 de 2025. Superar ese límite es una infracción del empleador aunque las pague.
¿El empleador necesita permiso del Ministerio para pedirme horas extras?
No. La Ley 2466 de 2025 eliminó esa autorización previa, pero obligó al empleador a llevar un registro de las horas extras de cada trabajador y a entregarlo a quien lo pida.
¿Desde qué hora una hora extra es nocturna?
Desde el 25 de diciembre de 2025 el trabajo nocturno va de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m. Toda hora extra en esa franja se paga con un recargo del 75 %.
¿Las horas extras cuentan para las cesantías y la prima?
Sí, cuando son habituales hacen parte del salario. Deben incluirse en la base para liquidar cesantías, intereses y prima, y en los aportes a seguridad social. Para liquidar las vacaciones no se tienen en cuenta.





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